Corte rechaza impedir toma de protesta de Jaime Bonilla en BC

El ministro José Fernando Franco González determinó negar la suspensión solicitada por el PAN, el cual buscaba que la Corte se pronunciara en el sentido de si es constitucional o no que Jaime Bonilla gobierne cinco años.

El gobernador electo de Baja California, Jaime Bonilla estará en un periodo de cinco años. (Araceli López).
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó frenar la toma de protesta de Jaime Bonilla como gobernador de Baja California el próximo 1 de noviembre, luego de que el presidente del CEN del PAN, Marko Cortés, interpuso un recurso con la intención de evitar que el morenista asuma el cargo.

El ministro José Fernando Franco González Salas determinó negar la suspensión solicitada por el panista, quien buscaba que la Corte primero se pronunciara en el sentido de si es constitucional o no que Bonilla gobierne cinco años, como lo impulsó el Congreso Local, o solo dos años como le ordenó la ley.

En su acuerdo dictado el pasado 25 de octubre, dentro de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PAN, PRI, Movimiento Ciudadano y el PRD, se menciona que Marko Cortés presentó el escrito donde solicitó la suspensión para que Bonilla no tome posesión.

Franco González indicó que el hecho de que Jaime Bonilla asuma sus funciones el próximo 1 de noviembre, no significa que queden sin materia las acciones de inconstitucionalidad, por lo que la vigencia de la norma impugnada no impide que la Suprema Corte de Justicia de la Nación realice el estudio oportuno de su validez.

“En este sentido, tal como se precisó en el auto admisorio, no es necesario que la presente acción de inconstitucionalidad se resuelva antes de que el próximo titular del Ejecutivo del Estado de Baja California rinda la respectiva protesta para asumir el cargo, pues la norma impugnada continuará surtiendo sus efectos y, por tanto, la sentencia respectiva aún tendrá objeto de pronunciamiento.

“…en todo caso, el presente medio de control constitucional se instruirá en los plazos que indica la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución. En conclusión, la negativa de suspensión no implica que la presente acción de inconstitucionalidad se quede sin materia, ya que como se expuso con antelación, ésta aún continúa asegurada, en consecuencia, indíquese al promovente que no ha lugar a decretar la suspensión solicitada”, subrayó el Franco González.

El 23 de octubre, el ministro admitió a trámite cuatro acciones de inconstitucionalidad interpuestas por los mencionados institutos políticos contra la ampliación del mandato de Jaime Bonilla como gobernador de Baja California.

Hace unos días, el Instituto Nacional Electoral anunció que prevé presentar una acción de inconstitucionalidad y una controversia constitucional en contra del “atropello” que ha sucedido en Baja California para ampliar el mandato del gobernador electo, Jaime Bonilla.

"Estoy convencido de que el INE tiene una responsabilidad constitucional derivada del artículo 41 que es velar por las condiciones democráticas con las que se realizan las elecciones y que la voluntad ciudadana expresada en las urnas se garantice como pasó el 2 de junio cuando la gente votó por un gobernador de dos años”, manifestó el consejero presidente Lorenzo Córdova.

Córdova Vianello aseguró que los órganos reformadores de la Constitución, legal y legítimamente, pueden cambiar las reglas del juego, pero sólo antes de que empiece el juego y no una vez que terminó, como pretenden hacer con esta ampliación de mandato.

evl

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