Un tribunal federal confirmó el amparo concedido a Abigael González Valencia, El Cuini, número dos del cártel de Jalisco Nueva Generación, quien desea volver al penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México.
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En enero pasado, el Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal con sede en la Ciudad de México demandó al Primer Tribunal Unitario dictar una nueva resolución donde se ordene al juez Décimo Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales que se declare incompetente, porque no tiene facultades ni mucho menos atribuciones para calificar de legal el traslado que se realizó de El Cuini al penal federal de Gómez Palacio, Durango.
González Valencia alegó que dicho penal, donde está recluido, la mayoría de internos enfrentan el delito de secuestro, el cual es de alto impacto social, por lo que hay un riesgo latente para su integridad física y moral, así como de su familia y defensores que lo visitan.
La sentencia fue impugnada por la Fiscalía General de la República y reclamó que el Tribunal Unitario incurrió en una inexacta aplicación de los artículos 29 y 30 de la Ley de Extradición Internacional, e inaplicación del 52 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Asimismo, que el tribunal violó los principios de congruencia y exhaustividad que debe contener toda sentencia de amparo y que equivocó el criterio al considerar que la autoridad responsable transgredió el artículo 29 de la Ley de Extradición Internacional, por inadvertir que el juzgado carecía de facultades y atribuciones para calificar de legal la determinación administrativa del traslado de Valencia.
Hoy, el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal consideró infundados cada uno de los agravios presentados por la FGR, por lo que confirmó en todos los términos el amparo otorgado a González Valencia.
“Finalmente, debe tomarse en cuenta que cuando son varias las consideraciones que sustentan la sentencia impugnada y en los agravios sólo se combaten algunas de ellas, los mismos deben estimarse ineficaces para conducir a su revocación o modificación, pues, para declararlos fundados, deben destruirse todos los argumentos del tribunal de amparo.
Expuesto lo anterior, este Tribunal Colegiado de Circuito concluye que los agravios expresados por la autoridad responsable son en parte inoperantes y, en otra infundados; en consecuencia, no son aptos para revocar la sentencia impugnada”, detalla la sentencia.
Ahora, el juez de primera instancia deberá declararse incompetente para la calificar la legalidad del traslado.
Mientras que el comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Gobernación, deberá presenta una nueva petición ante el órgano jurisdiccional competente.
En enero de este año, el Sexto Tribunal Colegiado también otorgó un amparo a El Cuini, que también frenó su extradición a Estados Unidos.
González Valencia es cuñado del líder del cártel de Jalisco, Nemesio Oseguera Cervantes, El Mencho, por quien Estados Unidos ofrece una recompensa de 5 millones de dólares, organización considerada la más poderosa y peligrosa de México.
bgpa