Captura de policía que torturó a Lydia Cacho, con irregularidades: abogado

El abogado del ex director de la Policía Judicial de Puebla indicó que es un delito del Ministerio Público y de la juez por solicitar y girar una orden de aprehensión con fundamento en una ley que no está en vigor.

Lydia cacho presenta #EllosHablan
Ignacio Alzaga
México /

La orden de aprehensión contra Hugo Adolfo Karam Beltrán, ex director de la Policía Judicial en Puebla, por supuestos actos de tortura en agravio de Lydia Cacho, contiene irregularidades y violaciones a la ley, tanto del Ministerio Público que la solicitó, como de la jueza que la libró.

Así lo afirmó la defensa del inculpado encabezada por  Pablo Hernández Romo-Valencia, autor del Tratado de Derecho Penal Mexicano, al señalar que este caso jurídico , como cualquier otro en México y en el mundo, debe estar apegado a la legalidad y al debido proceso, lo que en este asunto no ha ocurrido.

En entrevista con MILENIO, explicó diversas anomalías en esta orden de captura que giró el 8 de abril de 2019 la magistrada María Elena Suárez Préstamo, titular del Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito, en la cual están incluidos, entre otras personas, el ex gobernador de Puebla, Mario Marín, así como al empresario Kamel Nacif.

Comentó que el mandamiento de arresto tiene a su juicio problemas fundamentales, por mencionar algunos: en primer lugar, se hizo con base en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, la cual fue abrogada en 2017.

Sostuvo que esto constituye un delito del Ministerio Público y de la juez por solicitar y girar una orden de aprehensión con fundamento en una ley que no está en vigor sin haber hecho la traslación del tipo penal actual o que le corresponde, como lo exige la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por jurisprudencia, esto, para darle seguridad jurídica a cualquier persona.

“El segundo problema que a mi juicio se presenta con esta orden de aprehensión es que están aplicando una ley federal; suponiendo que esta fuera la ley aplicable, opera para servidores públicos federales, en este caso, mi cliente no era servidor público federal cuando se le acusó de la supuesta tortura, él era director de la Policía Judicial del estado de Puebla y no era servidor público federal, por lo tanto es de imposible aplicación respecto de él.
“El tercer problema, es que a nuestro parecer creemos que se sembró una prueba; en este caso me refiero a los videos sobre las casetas por donde dicen que pasó Lydia Cacho con la camioneta Liberty que los venía siguiendo; el problema principal se presenta porque el video que consta en actuaciones tiene como fecha diciembre 2006, siendo que los hechos fueron en diciembre 2005; aun y cuando la autoridad diga que es un error mecanográfico.”, indicó.

​bgpa

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