CFE deberá indemnizar a usuarios por daños que provoque

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los usuarios pueden exigir una indemnización a la compañía por daños provocados por un mal servicio.

Trabajadores de la CFE. (Cuartoscuro)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los usuarios podrán exigir una indemnización por los daños que provoque la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por servicio público deficiente.

El fallo derivó porque un carpintero demandó a la CFE por la incapacidad total o permanente que le provocó una descarga eléctrica generada por cables de alta tensión que se instalaron a escasos centímetros del inmueble en el que estaba trabajando.

El ministro José Ramón Cossío Díaz presentó un proyecto de sentencia donde propuso amparar al quejoso, misma que fue avalada por la Sala.

En el proyecto de sentencia se menciona que “a juicio de esta Primera Sala, los daños que se generen con motivo la prestación de un servicio público deficiente, como es la transmisión y distribución de energía eléctrica, actualiza la responsabilidad patrimonial del Estado”.

“Es menester reiterar que este Alto Tribunal, ha señalado la actividad irregular del Estado también se configura cuando la función administrativa se realiza de manera defectuosa, esto es, sin atender a las condiciones normativas o a los parámetros establecidos en la Ley o en los reglamentos administrativos por lo que, cuando en la prestación de un servicio público se causa un daño a los bienes y derechos de los particulares por haberse actuado irregularmente, se configura la responsabilidad del Estado de resarcir el daño y por otro lado, se genera el derecho de los afectados a que sus daños sean reparados”, detalla el proyecto avalado.

La Primera Sala consideró que la actividad administrativa irregular del Estado también comprende la prestación de un

servicio público deficiente

, por lo que la responsabilidad patrimonial del Estado se puede actualizar cuando el Estado, o el agente que actúa por su conducto, como ente responsable de la prestación adecuada de los servicios públicos a su cargo actúa de manera irregular.

“Es incuestionable que tratándose de la prestación del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica a cargo del Estado, la actuación irregular de éste se origina por el incumplimiento de las medidas y requisitos correspondientes para su instalación, entre otras cuestiones, por incumplir lo establecido en los instrumentos normativos y técnicos que regulen las instalaciones destinadas a la utilización de la energía eléctrica, a fin de que ofrezcan condiciones adecuadas de seguridad para las personas y sus propiedades, como podría ser las Normas Oficiales Mexicanas en la materia”, puntualiza el documento",dice el proyecto.

RLO

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