La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación por violaciones graves 47VG/2021 a los titulares de la Secretaría de Marina (Semar), almirante José Rafael Ojeda Durán, y de la Fiscalía General del Estado de Nayarit, Petronilo Díaz Ponce Medrano, por el uso excesivo de la fuerza que derivó en la muerte de tres personas ,una de ellas con 6 meses de embarazo, en abril de 2017 en Tepic, así como violaciones al derecho a la verdad y acceso a la justicia, atribuibles a elementos de ambas instituciones.
El 3 de mayo de 2017, la CNDH recibió, por razón de competencia, la queja iniciada por la Comisión Estatal, por lo que se abrió el expediente CNDH/2/2017/3259/Q y se solicitó información tanto a la Semar como a la fiscalía, se recabaron pruebas y se realizó el análisis lógico-jurídico del caso.
De la información proporcionada por elementos de la Semar, la CNDH pudo saber que el día de los hechos, elementos de la Marina fueron alertados (mientras realizaban actividades de patrullaje) de la presencia de personas con pistolas que ingresaban a un domicilio.
Al dirigirse a la casa señalada, los elementos de la Semar fueron "recibidos con disparos de arma de fuego efectuados desde el interior" del domicilio, por lo cual "se utilizó la fuerza letal" como medio disuasivo, "dando como resultado tres personas civiles sin vida", una de ellas embarazada.
Del análisis de las evidencias recabadas por la CNDH, se acreditaron violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la vida, con motivo del uso excesivo de la fuerza por parte de elementos de la Semar que derivó en la ejecución arbitraria de cuatro personas, así como violaciones al derecho a la verdad y acceso a la justicia, en su modalidad de procuración de justicia por falta de exhaustiva y debida diligencia de las investigaciones, atribuibles a la fiscalía.
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Por lo anterior, la CNDH emitió una serie de puntos recomendatorios en los que solicita, al titular de la Semar que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, proceda a la reparación integral del daño provocado a las y los familiares de las víctimas, que incluya atención psicológica y tanatológica, así como una compensación justa en término de la Ley General de Víctimas y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas; colaborar en el trámite de la queja que se realice ante el Órgano Interno de Control por las acciones y omisiones en que hayan incurrido los elementos de la Semar involucrados en el caso.
Asimismo, se imparta un curso de integral en materia de derechos humanos, a los servidores públicos que realicen labores de patrullaje en Tepic, con énfasis en las disposiciones contenidas en el Manual del Uso de la Fuerza de aplicación común a las tres Fuerzas Armadas; y dotar con equipo de videograbación, a las unidades utilizadas para la realización de operativos, en los que exista contacto con la población civil, a efecto que, en todo momento, se pueda verificar si su actuar se lleva a cabo de acuerdo a los principios de legalidad, la congruencia, la oportunidad y la proporcionalidad, bajo los que debe regirse el uso de la fuerza.
Al titular de la fiscalía le solicita analizar las constancias de la carpeta de investigación y se realicen las actuaciones necesarias con la debida diligencia, con las que se logre una investigación exhaustiva de los hechos; colaborar ampliamente en las quejas que la Comisión Nacional formule ante el Consejo Técnico de Carrera Policial por las acciones y omisiones en que incurrieron personas servidoras públicas de la fiscalía en el desempeño de sus funciones; y se imparta un curso integral en materia de derechos humanos, al personal del área de investigación de homicidios, con énfasis en las disposiciones contenidas en el Protocolo Minnesota, sobre la investigación de muertes potencialmente ilícitas.