Poder Judicial de CdMx amplía otra vez suspensión de labores por covid-19

La reanudación de actividades se prevé para el próximo lunes 1 de junio, sin embargo, el órgano judicial puntualizó que la fecha podrá cambiarse nuevamente.

El Poder Judicial anunció suspensión de actividades. | Cuartoscuro
Ignacio Alzaga
Ciudad de México /

El Poder Judicial de Ciudad de México determinó ampliar hasta el 31 de mayo la suspensión de labores y plazos procesales en los juzgados, excepto en el ramo penal, debido a la Fase 3 del coronavirus covid-19.

La reanudación de actividades se prevé para el próximo lunes 1 de junio y no el miércoles 6 de mayo, como se determinó en el anterior acuerdo emitido por el Consejo de la Judicatura local.

Sin embargo, el órgano judicial puntualizó que la fecha podrá cambiarse nuevamente en caso de ser necesario para enfrentar la emergencia sanitaria.

Se decidió realizar los ajustes necesarios en el calendario de turno extraordinario de los juzgados penales de primera instancia para el cumplimiento de detenciones por caso urgente y cateos, y lo relativo al rol de guardias de segunda instancia penal en relación a negativas de cateo.

Durante la ampliación de la suspensión de labores determinada hasta el próximo 31 de mayo, el Instituto de Ciencias Forenses deberá continuar operando en estricto apego a los protocolos.

El Consejo de la Judicatura indicó en el acuerdo V-19/2020 que la suspensión decretada es aplicable a todas las materias salvo la penal, en la que operan términos constitucionales, y en la que se debe garantizar la debida administración de justicia.

Por ello, los órganos jurisdiccionales de la materia penal, impartidores de justicia del sistema procesal penal acusatorio, incluido el sistema de justicia para adolescentes, las unidades de gestión judicial y las especializadas, así como la Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, deberán adoptar guardias y los roles de turno establecidos.

El Pleno estableció ajustes en los turnos y roles de guardia que operarán durante la nueva ampliación de suspensión de labores, a fin de garantizar el cumplimiento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en Juzgados Civiles, Familiares y Penales de Primera Instancia. Además, ajustó el de las Unidades de Gestión Judicial que conocen de violencia de género.

En la rama familiar, se mantiene lo dispuesto respecto al establecimiento de guardias con el personal estrictamente necesario para juzgados de la materia familiar de proceso escrito, a fin atender lo relacionado a la entrega de billetes de depósito derivados de juicios de alimentos, y garantizar con ello el interés superior del menor y específicamente su derecho a recibir alimentos. 

También para la recepción de demandas o solicitudes en casos en los que se argumente violencia contra la mujer, adolescentes, niñas y niños, así como comparecencias en materia de alimentos.

​irh

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