La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo para que un niño de 7 años pueda ingresar a corridas de toros en Tijuana, Baja California.
Las reformas a la Ley de Protección y Defensa de Derechos de Niños y Niñas y Adolescentes, realizadas en 2018 por el Congreso del estado, prohibió el acceso a este tipo de espectáculos a los menores de edad, por lo que con esta resolución, la Corte abre la puerta a menores para espectáculos de ese tipo.
Sin embargo, la ministra Yasmín Esquivel Mossa, encargada de elaborar el proyecto de este asunto, determinó que estas modificaciones a dicha norma fueron "parciales, antidemocráticas e incumplió y violó los derechos humanos de audiencia y libre participación”.
Durante la sesión de la Segunda Sala del máximo tribunal del país, fue aprobado por mayoría el proyecto elaborado por la ministra Esquivel Mossa, en el que proponía amparar al menor, quien es aficionado de las corridas de toros, "y asiste permanentemente con su familia".
Este amparo sólo beneficia a sus padres y al menor, quien también “gusta de la caza, pesca y otros relacionados”, y no el resto de la población en Baja California o en otra parte del país.
- Te recomendamos Perrito 'valiente' pelea con un toro que lo perseguía; divertido final se hace viral Fauna
De acuerdo con Esquivel Mossa, el Congreso del estado no explicó por qué la prohibición atiende al interés superior de la niñez y que no es posible impedir a los padres y a sus hijos asistir a estos espectáculos cuando forman parte de su cultura.
“No se pueden menoscabar los derechos de los padres y de los menores para asistir a eventos o espectáculos que son parte de su cultura, sus tradiciones o costumbres, sin que se acredite que efectivamente atiende al interés superior de la niñez”.
La ministra de la SCJN abundó que el Congreso local debió llevar a cabo una valoración técnica o estudio científico para determinar si realmente es nocivo o perjudicial para los menores asistir a las corridas de toros.
“No basta con asociar la violencia extrema contra los animales con la afectación al menor, si esto no se acredita, máxime que, como se indicó, la prohibición puede afectar la convivencia familiar atentando contra sus costumbres y tradiciones.
"Además, la razón basada en que no debe existir maltrato animal de ninguna manera puede sustentar una adición a la Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Baja California”.
irh