Corte anula y avala reformas electorales aprobadas por el Congreso de NL

El fallo derivó de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. (Especial)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló la reforma que aprobó el Congreso de Nuevo León, con la cual se pretendía garantizar la participación de las comunidades indígenas y afrodescendientes para votar y ser votado.

Lo anterior, porque la legislatura local solo publicó el artículo 144 bis 1, de la Ley Electoral, pero no realizó una consulta con estos sectores de la población, tal y como lo ordena la Constitución.

El fallo derivó de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Ante esta situación, el pleno de la Corte ordenó al Congreso nuevoleonés llevar a cabo la consulta y con base a los resultados deberá promulgar una nueva norma, la cual garantice el derecho de las comunidades indígenas y afrodescendientes en temas electorales.

Durante la sesión de este lunes, la Corte también analizó otras acciones de inconstitucionalidad promovidas por la CNDH, y por los partidos políticos Movimiento Ciudadano, Morena, además del Poder Ejecutivo Federal, los cuales impugnaron las reformas electorales publicadas el 4 de marzo de 2021.

Los ministros votaron por avalar las modificaciones que impiden la participación como candidatos a un puesto de elección popular de aquellas personas que cuentan con sentencias firmes y pendientes de cumplimiento por violencia política de género o deudores alimentarios.

La ministra ponente Margarita Ríos Farjat explicó que dicha medida es idónea, “porque está vinculada a una condena por la comisión de delitos en materia de violencia de género o que atentan contra la familia, y por último la medida es necesaria y proporcional porque no debe permitirse que una persona que haya sido condenada por haber afectado los derechos de las infancias y de las mujeres ocupe un cargo de elección popular”.

En otro punto, no se reunieron los ocho votos para invalidar el tema de paridad de género, punto donde la ministra dijo que se vulneró la representación de las mujeres en las candidaturas con mayor rentabilidad electoral. Sólo se reunieron siete votos.


dmz

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