Corte asume competencia para conocer recursos de ex colaborador de Duarte y FGR

Moisés Mansur Cysneiros, principal prestanombres del ex gobernador de Veracruz, señaló que la dependencia utilizó información ilegal para solicitar su captura.

Moisés Mansur Cysneiros, ex colaborador de Javier Duarte
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió los recursos interpuestos por la Fiscalía General de la República (FGR) y por Moisés Mansur Cysneiros, principal prestanombres del ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, quien señaló que la dependencia utilizó información ilegal para solicitar su captura.

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal solicitó a la Corte ejercer su competencia originaria para conocer los recursos para que se pronuncie si es constitucional el artículo 142, fracción IV, de la Ley de Instituciones de Crédito; y los artículos 15, fracción VII, última parte, 15-E, fracción VII y 15-F, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), cuyo estudio fue omitido por un juez de amparo.

Las normas permiten a los organismos de Hacienda acceder a información financiera de una persona física o moral, sin necesidad de solicitar autorización a un juez federal. Mansur señaló que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) recabó su información bancaria para una indagatoria fiscal, pero ésta fue utilizada por la entonces Procuraduría General de la República para una investigación por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita

El 11 de julio de 2019, el juez Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Novena Región con residencia en el estado de Zacatecas, determinó, por una parte, sobreseer el juicio de amparo, y por otra conceder la protección de la justicia a Moisés Mansur contra la orden de aprehensión por el presunto delito de delincuencia organizada y lavado de dinero, debido a que la PGR obtuvo la información bancaria ilegalmente.

Sin embargo, Mansur Cisneyros y la FGR interpusieron recursos de revisión contra la sentencia.

El 15 de julio de 2020, el Primer Tribunal Colegiado señaló que no podía pronunciarse sobre el tema, porque no hay alguna jurisprudencia del Pleno o de las Salas de la Corte, sobre las disposiciones reclamadas, motivo por el cual decidió remitir el caso al Alto Tribunal para que asuma su competencia originaria.

Ahora, el expediente fue admitido por la Corte y se turnó para su estudio a la ministra Margarita Ríos Farjat, integrante de la Primera Sala.

“Hecho lo anterior, si la ministra (Ríos Farjat) considera necesaria la intervención del Pleno de este Alto Tribunal…radíquese en Pleno y remítase a la ministra designada ponente para los efectos legales correspondientes…”, detalla el acuerdo de la Suprema Corte.

FS

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