Corte ordena aplazar fallos en juicios por impuesto a empresas que administran apps

El Congreso de CdMx avaló en 2021 que se cobre un porcentaje del total de las ventas, por cada entrega de personas físicas o morales que operen, utilicen y administren aplicaciones móviles.

Diversas plataformas promovieron amparos (shutterstock)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a todos los Tribunales Colegiados del país aplazar sus resoluciones en los amparos en revisión donde se impugna el artículo 307 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México, el cual establece el cobro del 2 por ciento de impuesto a las empresas que administran aplicaciones móviles para envíos y entregas a domicilio.

En diciembre de 2021, el Congreso de la Ciudad de México avaló que se cobre dicho porcentaje del total de las ventas, por cada entrega de personas físicas o morales que operen, utilicen, administren aplicaciones móviles, a través de las cuales los usuarios puedan contratar la entrega de paquetería, alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía con entrega en territorio nacional.

Lo anterior, provocó que diversas plataformas promovieran amparos y obtuvieran suspensiones, como Rappi, la cual se dedica a la entrega de comida.


Germán Cruz Silva, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, concedió medidas cautelares que suspendieron de manera temporal el cobro del impuesto.

Ahora, la Corte publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) ordenando a los Tribunales Colegiados aplazar sus resoluciones, para poder emitir un criterio sobre el tema.

“En los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad del artículo 307 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México, adicionado mediante Decreto publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de diciembre de 2021, se deberá continuar el trámite hasta el estado de resolución y aplazar el dictado de ésta, hasta en tanto este Alto Tribunal establezca el o los criterios respectivos, y se emita el Acuerdo General Plenario que corresponda”, señaló.


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