Corte ordena al Congreso restablecer como ley el derecho al fomento de la industria del cine

La Sala del máximo tribunal del país avaló un proyecto que proponía otorgar un amparo a la productora Springall Pictures.

Cine en México | Freepik
Rubén Mosso
Ciudad de México. /

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión a que restablezca, a nivel de ley, el derecho al fomento y promoción permanentes de la industria cinematográfica nacional, lo que tendrá que hacer antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones del presente año.

Con los votos a favor de las ministras Loretta Ortiz Ahfl, Yasmín Esquivel Mossa y del ministro Luis María Aguilar Morales, la Sala avaló un proyecto que proponía otorgar un amparo a la productora Springall Pictures, la cual impugnó el decreto por el que se derogaron los artículos 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley Federal de Cinematografía.

La empresa quejosa se amparó porque aseguró que el decreto aprobado implica una regresión normativa al haber suprimido disposiciones jurídicas que tienen como propósito garantizar la libertad de expresión en su vertiente artística y el derecho a la cultura, entre otros.

Asimismo, sostuvo que el Programa de Fomento al Cine Nacional (Focine), creado para sustituir al Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (Fidecine), no subsana el mandato previsto en el artículo 4 constitucional ni la violación al principio de reserva de ley.

Lo anterior, porque el Focine es un simple programa administrativo presupuestal, no así una institución jurídica, de carácter permanente de participación a la vida cultural, que se encuentra sujeto a la voluntad anual y unilateral de la administración pública federal.

Argumentó que, con el decreto impugnado, se eliminó de la Ley Federal de Cinematografía el mecanismo de fomento y promoción permanente al cine, quedando vigente sólo la figura de los estímulos e incentivos fiscales, cuya naturaleza es distinta.

También sostuvo que a diferencia del Fidecine, el Focine, por su naturaleza y estructura, no garantiza en los mismos términos la participación a la vida cultural ni la libertad de expresó.

En el proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán, se menciona que el Fidecine nació como un mecanismo jurídico para reactivar la industria cinematográfica, cuyo objeto, era el fomento y promoción permanentes de la industria cinematográfica, que permitía brindar un sistema de apoyos financieros, de garantía e inversión en beneficio de los productores, distribuidores, comercializadores y exhibidores de películas nacionales.

Sin embargo, con la derogación de la regulación de dicho instrumento, “se eliminó el único mecanismo, previsto en la ley de la materia, que garantizaba el acceso y participación permanente en la industria cinematográfica, bajo el esquema antes mencionado”, y por tanto, se trasgrede el principio de reserva de ley.

“Se arriba a lo anterior, sin que resulte ajeno para quienes resuelven que en la Ley Federal de Cinematografía aún se contemplan los estímulos o incentivos fiscales, como otra forma de fomento a la industria cinematográfica.
“No obstante, ello no convalida ni justifica la violación al principio de reserva de ley, si se toma en consideración su naturaleza (fiscal) y que, a diferencia del apoyo financiero otorgado por el Fidecine, los estímulos fiscales no son permanentes, sino que están a la discrecionalidad del Ejecutivo Federal, tal como lo señala el propio artículo 31 de la ley en comento, al establecer que los destinatarios de la norma”.

El ministro Pérez Sayán indicó que lo anterior se corrobora con el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, el cual establece que el Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá conceder subsidios o estímulos fiscales.

En abril de este año, la Segunda Sala rechazó un proyecto de la ministra Loretta Ortiz que proponía negar un amparo contra la extinción del Fidecine. Con tres votos en contra de la propuesta de la ministra, se determinó que el asunto fuera returnado al ministro Alberto Pérez Dayán.

ABR

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