Corte rechaza atraer amparos indígenas contra reforma electoral en Sonora

Por mayoría de votos y sin discusión, el Pleno determinó no reasumir competencia, por lo que los casos regresarán al Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito.

Comunidades Tohono O’otam y Guarijío denuncian falta de consulta en reforma sonorense. | Kevin Recio
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó conocer los amparos interpuestos por integrantes de pueblos indígenas del estado de Sonora que impugnaron que no fueron consultados durante la reforma que homologó las elecciones estatales con las federales y fijó, por única ocasión, una gubernatura de tres años en 2027.

Por mayoría de votos y sin discusión alguna, el Pleno determinó no reasumir competencia.

Los amparos fueron promovidos por integrantes de la Nación Tojono O’otam y de la etnia Guarijío (Makurawe), mismos que ayer acudieron a la Corte para tratar de hablar con los ministros, pero sin lograr su objetivo.

Los quejosos consideran que resulta obligatorio realizar una consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas ante una reforma constitucional local que sincroniza las elecciones y reduce el periodo del ejecutivo estatal a tres años bajo el nuevo paradigma constitucional que los reconoce como sujetos de derecho público y actores políticos con voz y voto en su propio desarrollo.

En ambos juicios se impugna el Decreto 38 del Congreso de Sonora, publicado en marzo de 2023, que homologó las elecciones estatales con las federales.

Los quejosos argumentan que dicha reforma se aprobó sin consultar a las comunidades indígenas.

En primera instancia, juzgados federales desecharon o negaron los amparos.

En un caso, se determinó que no había interés legítimo; en otro, que la reforma no generaba un impacto significativo en las comunidades.

El Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito revocó el sobreseimiento en uno de los expedientes y propuso que la Corte atrajera ambos casos, al considerar que plantean cuestiones de importancia y trascendencia.

Ante la decisión de la Corte, el asunto regresará al Tribunal Colegiado, mismo que deberá resolver el asunto.

Es de mencionar que las comunidades refieren que la reforma traerá una afectación a la continuidad de los Planes de Justicia para Pueblos Indígenas de Sonora y también al pueblo Yaqui, Yoreme-Mayo, Seri (Comca’ac) y Guarijío (Makurawe).

Estos planes constituyen instrumentos gubernamentales de política pública de largo plazo con ejecución presupuestal progresiva que dependen directamente de la voluntad política y la continuidad administrativa del Ejecutivo estatal.

LG

  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.

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