La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer un recurso de queja que interpuso el ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin.
De acuerdo con registros judiciales de la Corte y del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal, Emilio Lozoya buscaba que el Alto Tribunal se pronunciara sobre la determinación de un juez de control que en julio pasado declaró improcedente su petición de declarar prescrito el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita en el caso de la planta chatarra de Agronitrogenados.
Asimismo, reclamó la inconstitucionalidad del artículo 400 bis del Código Penal Federal, el cual establece una pena de cinco a quince años de prisión a quien incurra en el citado acto ilícito.
El amparo fue promovido el 16 de agosto de este año, es decir, 15 días antes de que se llevará a cabo la audiencia intermedia donde la Fiscalía General de la República (FGR) iba acusar formalmente a Emilio Lozoya por dicho delito, pero el juez de control determinó suspender el procedimiento contra el ex funcionario.
La demanda de garantías fue admitida a trámite por el juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal del Primer Circuito; después el ex funcionario interpuso un recurso de queja que ingresó al Tercer Tribunal Colegiado en la Ciudad de México, pero Emilio Lozoya pidió a la Corte atraerla.
Sin embargo, el Tribunal Federal informó que ya reanudó el procedimiento en este caso, después de recibir la notificación de la Corte. Es decir, porque la petición de atracción fue interpuesta por una parte que no está legitimada, además de que ni un ministro quiso hacerla suya de oficio.
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El pasado 31 de agosto, sin pagar un dólar, Emilio Lozoya le ganó un round a la FGR en el citado proceso que se le seguía por el caso de la planta chatarra de Agronitrogenados, donde el gobierno pretendía una reparación del daño por 20 millones de dólares.
Gerardo Alarcón López, juez de control del Centro de Justicia Penal en el reclusorio Norte, determinó suspender el proceso, tras tomar como base los argumentos de la defensa, en el sentido de que ya existe una reparación del daño por un monto superior que asciende a 216 millones de dólares y que está cubriendo el ex dueño de Altos Hornos de México (AHMSA), Alonso Ancira Elizondo.
Alejandro Rojas Pruneda, abogado del ex funcionario, indicó que el Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito publicó una tesis aislada donde se menciona que se puede suspender el procedimiento cuando una persona acepta cubrir la reparación del daño, situación que beneficia al resto de los involucrados. La FGR argumentó que dicha tesis no era aplicable.
El juzgador consideró que la tesis del Tribunal se ajusta a lo establecido en el Código Civil y a criterios de la Corte, por lo que suspendió el procedimiento que se inició contra Emilio Lozoya por el presunto delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
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