La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) afirmó que la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, no tiene competencia para solicitar al Alto Tribunal que le informe qué acciones ha tomado para revisar la remuneración de los ministros, además de que el máximo tribunal de justicia desconoce varios elementos sobre el salario del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Sin embargo, “en función de fortalecer el diálogo entre Poderes del Estado y en aras de rendir cuentas a la sociedad”, recordó que el 8 de enero de 2019, la Corte informó que cuenta con independencia y autonomía de gestión presupuestal.
“En estas condiciones, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación acordó, como medida de racionalidad del gasto público, que las remuneraciones de los 11 ministros serán disminuidas en un 25 por ciento respecto de las percibidas en el ejercicio fiscal 2018”, detalló.
Asimismo, al resolver la acción de inconstitucionalidad 105/2018 y su acumulada 108/2018, el 20 de mayo de 2019, se determinó que una remuneración no solo se integra por un salario bruto (efectivo) asignado en el Presupuesto de Egresos de la Federación, sino que incluye todas las prestaciones en especie propias del cargo, entre otras, transporte, habitación, menaje de asa, seguridad, servicios de salud, entre otros.
Por lo tanto, se declaró la invalidez de diversos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, ya que el Poder Legislativo no estableció parámetros objetivos para fijar remuneraciones que garanticen las características que exige el artículo 127 constitucional.
“…empezando por la del Presidente de la República, lo que influye en todo el sistema de remuneraciones, porque su remuneración es el referente máximo para la determinación del resto de salarios del servicio público, permitiendo con ello una discrecionalidad con potencial afectación a la eficiencia y calidad de la función pública”, puntualizó la Corte.
Finalmente, agregó, que la remuneración de los 11 ministros de la Corte es pública y puede consultarse en el portal de transparencia de la Corte.
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