La DEA investiga por lavado de dinero al presidente de Altos Hornos de México, Alonso Ancira Elizondo, empresario que en México enfrenta una orden de aprehensión por su presunta responsabilidad en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Por esta razón, Gabriel Regis López, juez Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, rechazó levantar el bloqueo de las cuentas bancarias del empresario que hoy permanece bajo custodia del gobierno español.
El juzgador rechazó conceder una suspensión definitiva a Alonso Ancira, porque el bloqueo que realizó de sus cuentas la Unidad de Inteligencia Financiera, de la Secretaría de Hacienda, procede de una petición internacional.
“Lo anterior se considera así, toda vez que mediante oficios con registros 15289 y 15399, el titular y el director general de Procesos ambos de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público exhibieron el oficio MX-19- 0225 firmado por el Director Regional Adjunto de la United States Drug Enforcement Administration, en el que se informó que diversas personas estaban siendo investigadas por posibles actividades relacionadas con el lavado de dinero, dentro de las cuales destaca el quejoso físico”, señala la resolución.
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El oficio fue enviado por la DEA el 30 de abril de este año. Dicha investigación también está encaminada contra el ex director de Petróleos Mexicanos, Emilio Lozoya Austin.
De concederse la medida cautelar, indicó el juez, se contravendrían disposiciones de orden público.
Regis López explicó que el marco jurídico bajo el cual se conduce la Unidad de Inteligencia Financiera, tiene por objeto proteger el sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, a través de una coordinación interinstitucional, que tiene como fines recabar elementos útiles para investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
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Así como los relacionados con estos últimos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de los recursos para su financiamiento.
“En ese contexto, de concederse la medida cautelar solicitada se contravendrían disposiciones de orden público, pues se daría mayor peso al interés particular sobre el general, lo que en la especie no es factible, dado que al permitir a la parte quejosa la inobservancia de la determinación asumida por la Unidad de Inteligencia Financiera, se atentaría contra la seguridad nacional, al obstaculizar la obtención por parte de la autoridad investigadora, de información que pudiera estar relacionada con actividades relacionadas con operaciones con recursos de procedencia ilícita, lo cual evidentemente afecta al orden público e interés social, pues con dichas disposiciones se persigue prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, máxime que el acto reclamado deriva de una solicitud de carácter internacional”, apuntó.
bgpa