La participación de menores y adolescentes en actividades delictivas se ha vuelto cada vez más común y un reto a vencer por parte de los gobiernos locales para evitar que sean reclutados por el crímen organizado. Ejemplo de ello, es que en lo que va del actual sexenio, en el estado de Guanajuato 198 jóvenes han ingresado al “Centro de Internamiento Especializado para Adolescentes”, principalmente por conductas tipificadas como delitos relacionadas al crimen organizado, siendo las principales el homicidio calificado, secuestro y la portación y acopio de armas de fuego de uso exclusivo del ejército.
De acuerdo a una solicitud de acceso a la información obtenida por MILENIO, debido a la actual legislación que privilegia el interés superior del menor, de este total sólo 56 adolescentes permanecen con medidas de internamiento, el resto han logrado salir debido a que cumplieron su medida de sanción, buscaron una salida alterna con una terminación anticipada o gracias a la suspensión condicional del proceso.
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De quienes aún permanecen internados, 24 son por portación de arma de fuego, 13 se encuentran por homicidio calificado y 10 por el delito de secuestro. Se suman tres jóvenes por el delito de acopio de armas, dos por delitos en contra de la salud, es decir por venta y/o distribución de drogas, así como uno respectivamente por los delitos de extorsión, feminicidio y violación.
Llama la atención que 22 de estos jóvenes son originarios de otros estados de la república, pero fueron detenidos al cometer en Guanajuato dichas conductas tipificadas como delitos, el resto provienen de los municipios de León, Juventino Rosas y Celaya, principalmente.
En cuanto a las medidas de sanción, la “Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes” establece que no se pueden imponer medidas privativas de la libertad a quienes cuando cometieron el delito tenían entre 12 y menos de 14 años de edad cumplidos y que la duración máxima de las medidas de sanción no privativas de la libertad que se puede imponer en estos casos, es de un año.
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En el caso de las y los jóvenes que al momento de cometer el delito tienen entre 14 y menos de 18 años de edad, el juez puede imponer el cumplimiento de hasta dos medidas de sanción.
También se establece que las medidas privativas de la libertad sólo se utilizan como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda y que para quienes al cometer el delito tenían entre 14 años y menos de 16, son de máximo tres años de internamiento, mientras que si al cometer el delito tenían entre 16 años y menos de 18 es hasta por cinco.
Expertos en materia de seguridad han detectado que los grupos criminales utilizan y hasta entrenan a menores para vender droga, secuestrar y hasta asesinar, aprovechándose de que en México, antes de los 14 años, los menores no son responsables de conductas tipificadas como delitos. Mientras que, entre los 14 y 17 años, quienes los cometen son sentenciados a condenas mínimas.
Ejemplo de ello, es que de los 56 adolescentes que aún permanecen internados con medida privativa de la libertad: Cinco de ellos tienen 15 años, seis tienen 16 años, 19 de estos jóvenes tienen apenas los 17 años y 15 cumplieron la mayoría de edad con 18 años, nueve tienen 19 años y sólo se tiene a dos personas con 20 años cumplidos.
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