Un hombre que se desempeñaba como enfermero en el penal de Santa Martha Acatitla fue detenido por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), con apoyo de personal de la Fiscalía capitalina tras una orden de cateo en la alcaldía Tláhuac.
Las instancias de seguridad capitalinas dieron cumplimiento a una orden de cateo en un inmueble ubicado en la colonia San José, donde aseguraron más de 130 dosis de posibles droga.
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El inmueble implicado se ubicó en la avenida Agustín Lara, predio que era posiblemente utilizado para la venta de droga al menudeo, por lo que realizaron vigilancias fijas y móviles en la zona.
¿Cómo dieron con el enfermero implicado?
Fue un agente del Ministerio Público, quién solicitó a un Juez de Control la técnica de investigación correspondiente para intervenir en el domicilio.
"En la intervención domiciliaria se implementó un despliegue operativo coordinado en el que se actuó sin uso de violencia y en estricto apego a los protocolos de actuación policial, uso de la fuerza, así como respeto a los derechos humanos", informó la SSC.
Tras el cateo, los efectivos detuvieron a un hombre y aseguraron 94 dosis de una sustancia similar a la cocaína, 50 envoltorios de una hierba verde y seca con las características de la mariguana, un aproximado de 600 gramos de la misma hierba a granel, y un teléfono celular.
El detenido de 34 años de edad, fue identificado como enfermero en un centro penitenciario de la Ciudad de México (Santa Martha Acatitla) donde ofrecía droga y medicamentos controlados a las personas privadas de la libertad.
Por lo que fue dispuesto al Ministerio Público, quien definirá su situación jurídica y continuará con las investigaciones del caso; mientras que el inmueble quedó sellado y bajo resguardo de la SSC.
Así mismo, la SSC aseguró que el detenido será considerado como inocente en las etapas del procedimiento, hasta que se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano Jurisdiccional en términos del Código Nacional de Procedimientos Penales.
¿Qué es la presunción de inocencia?
El principio de presunción de inocencia, lo tenemos contemplado en el artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual señala que:
"Toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano jurisdiccional", es decir, por un juez.
Antes de 2018 se empleaba el término de probable responsable, pero esa figura cambió a probable participante, es decir, "se imputa una participación, porque todavía no es responsable, sino hasta la sentencia definitiva", o bien, se le puede decir imputado.
CHZ