Niegan suspensión a Emilio Lozoya contra aseguramiento de casa

Un juez federal rechazó conceder una suspensión provisional al ex director de Petróleos Mexicanos, Emilio Lozoya Austin contra el aseguramiento que realizó la FGR.

Emilio Lozoya, ex director de Pemex. |EFE
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un juez federal rechazó conceder una suspensión provisional al ex director de Petróleos Mexicanos, Emilio Lozoya Austin, en contra del aseguramiento que realizó la Fiscalía General de la República de un inmueble y de su menaje que se localiza en la colonia Lomas de Bezares.

La propiedad, que se encuentra en la calle Ladera número 20, interior 11, colonia Lomas de Bezares, alcaldía Miguel Hidalgo y fue asegurada el pasado 28 de mayo por la FGR como parte de la carpeta FED/SEIDF/UNAI-CDMX/000289/2019 que inició la Unidad Especializada de Investigación en Delitos Cometidos por Servidores Públicos y contra la Administración de Justicia, por su probable responsabilidad en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Jesús Alberto Chávez Hernández, titular del Juzgado Décimo Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal, determinó no otorgar la medida cautelar.

En el acuerdo, el juez señaló que Emilio Lozoya no logró acreditar que dicho acto de la autoridad le provoca un agravio.

“Ahora, toda vez que la parte quejosa solicita la medida cautelar para el efecto de que se le devuelvan los bienes (inmueble y menaje) que refiere fueron asegurados, se niega la suspensión provisional, pues no acredita su interés suspensional, ya que si bien señala que dichos bienes son de su propiedad, lo cierto es que esa circunstancia por sí sola es insuficiente para poner de manifiesto que sean suyos, o bien, que pudiera disponer de los mismos, por lo que al no acreditarse en forma indiciaria lo anterior, procede negarle la medida cautelar que solicita”, subrayó el juzgador.

El juzgador también negó la suspensión a Lozoya Austin para que le sean regresadas sus cuentas bancarias, al considerar que este tema no forma parte de la litis.

La audiencia constitucional de este asunto fue programada para el próximo 5 de agosto, por lo que el juez solicitó a las autoridades que rindan el informe justificado del aseguramiento en un plazo de 15 días, contados a partir de que sea notificado el fallo, y en caso de no entregarlo, se presumirán ciertos los actos reclamados, y se le sancionará a la FGR con una multa equivalente a cien veces la Unidad de Medida y Actualización.

bgpa

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