La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo al ex gobernador de Tamaulipas, Eugenio Hernández Flores, sentencia que dejó el camino abierto para que en un futuro no haya impedimento para que sea extraditado a Estados Unidos.
La Sala avaló el proyecto de sentencia de la ministra Margarita Ríos Farjat, quien propuso declarar la constitucionalidad de los artículos 3 y 13 del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos, y el artículo 1 de la Ley de Extradición Internacional.
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Ahora el asunto será devuelto al Primer Tribunal Colegiado en materias Penal y del Trabajo del Décimo Noveno Circuito, el cual resolverá cuestiones de legalidad.
Los magistrados del Tribunal deberán determinar de manera definitiva si la petición formal de extradición se ajustó a los términos que establecen las citadas leyes; si se violó o no el derecho a una adecuada defensa y tendrán que evaluar el antecedente, sobre la opinión jurídica de un juez federal, mismo que consideró que no procedía la extradición, pero aún así la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) lo concedió.
La Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de Texas solicitó la extradición de Eugenio Hernández por dos acusaciones de asociación delictuosa –para cometer lavado de dinero y fraude bancario–, y por operación sin licencia de un negocio de envíos de dinero.
En la petición se menciona que, de 2004 a 2010, Eugenio Hernández presuntamente se organizó con su cuñado y otras personas para diseñar y ejecutar un esquema para robar dinero al gobierno de Tamaulipas, entre 2005 y el mes de mayo de 2015, mediante contratos falsos celebrados con un banco de alimentos ficticio y otros medios ilícitos, de donde se hicieron de millones de pesos, los cuales “lavaron” en México y EU a través de “transacciones financieras elaboradas, estructuradas y basas en información falsa que resultaron en una estafa a las instituciones financieras del país requirente”.
En 2017, la entonces Procuraduría General de la República (PGR) cumplimentó la orden de detención provisional con fines de extradición; y el 2 de marzo de 2018, el secretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray, emitió el acuerdo que concedió la extradición.
En el proyecto de sentencia de la ministra se menciona que los artículos impugnados de las citadas leyes no atentan contra las posibilidades de defensa, “ni quebranta las formalidades establecidas para dicho procedimiento, pues permite desarrollarlo en un ámbito de seguridad jurídica y de respeto a los derechos fundamentales de la persona requerida”.
AESC