Agentes estatales de investigación de la Fiscalía General del Estado (FGE) de Tijuana capturaron a Miguel “N”, quien la noche del miércoles 28 de febrero privó de la vida a su esposa.
Las autoridades cumplimentaron una orden de aprehensión por el delito de feminicidio en agravio de una mujer identificada como Paulina Pacheco.
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Según las investigaciones, el agresor la asesinó a golpes al interior del hogar en el que ambos vivían, ubicado en la colonia Valle Verde, Tijuana.
Tras descubrirse el crimen, los familiares acudieron a denunciarlo, por lo que la fotografía del agresor se hizo viral.
El hombre se escondía en un hotel de la ciudad, en donde lo atraparon las autoridades estatales.
¿Qué es el feminicidio?
El feminicidio es la forma más extrema de violencia contra la mujer. Ocurre cuando es privada de la vida por razones de género, es decir, por el simple hecho de serlo.
- A comparación del homicidio, el código Penal Federal tipifica el feminicidio en el artículo 325, el cual establece que existen razones de género cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, se le hayan infligido lesiones o mutilaciones, existan antecedentes de cualquier tipo de violencia, haya existido entre el victimario y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza, existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, que la víctima haya sido incomunicada, previo a la privación de la vida y que el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
- La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.
- Se le hayan infligido lesiones o mutilaciones.
- Existan antecedentes de cualquier tipo de violencia.
- Haya existido una relación sentimental afectiva o de confianza.
- Existan datos que establezcan que hubo amenazas.
- Que la víctima haya sido incomunicada, previo a los hechos.
- Que el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido.
"El ministerio público tendrá que entrar en esta debida diligencia que te lo marca la corte interamericana de Derechos Humanos, incluso la corte interamericana de los Derechos Humanos, la propia ONU en el tema de la prevención, investigación y la reparación del daño, deberá valorar si existen razones de género en la privación de la vida el propio fiscal, el ministerio público", explicó Alfonso Partida Caballero, profesor e investigador de la UdeG.
Diferencia entre homicidio
Mientras que el homicidio doloso y las lesiones dolosas serán considerados como calificados, cuando a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida y cuando la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.
El modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género recomienda que todas las muertes violentas de mujeres deben analizarse con perspectiva de género, para poder determinar si hubo o no razones de género en la causa de la muerte.
¿Cómo se castiga el feminicidio?
A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa. Además, el feminicida perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
En caso de que no tipifique como feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio, explicó el académico de la UdeG.
"Son 40 años por homicidio y 45 para el feminicidio como máximo hay alevosía, ventaja son las calificativas que simplemente con eso sería suficiente para hacerlo, pero ya con el feminicidio estaríamos alrededor de 5 años de diferencia entre un delito y otro", puntualizó.
RM