• Han pasado siete años de la sentencia de ‘El Chapo’ Guzmán y aún se desconoce el destino de su fortuna

  • Joaquín Guzmán Loera fue sentenciado en Nueva York en 2019, cuando se ordenó decomisarle 12.6 mil millones de dólares.
Ciudad de México /
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A siete años de que el exlíder del Cártel de Sinaloa, Joaquín El Chapo Guzmán, fue sentenciado a cadena perpetua en Estados Unidos, aún se desconoce el destino de los 12 mil 666 millones de dólares que, según los estadunidenses, amasó durante su carrera criminal.

El 17 de julio de 2019, el juez federal Brian Cogan, de la Corte para el Este de Nueva York, impuso la condena y ordenó el decomiso de la citada cantidad.

Pero hasta el día de hoy, los norteamericanos no han dado a conocer públicamente si en verdad recuperaron algo de dicho dinero.

Lo único cierto es que durante los últimos años se han asegurado propiedades, dinero en efectivo, empresas y otros activos que están vinculados con otros miembros de la organización delictiva.

Cabe mencionar que la orden del juez continúa vigente y que la legislación estadunidense permite que cualquier bien que sea identificado como propiedad del capo o que haya sido adquirido con recursos provenientes del narcotráfico pueda ser reclamado y decomisado, pese al tiempo que transcurra con la condena.

Hoy en día, Joaquín El Chapo Guzmán pasa sus días en la prisión de máxima seguridad ADX Florence, en Colorado, mejor conocida como “El Alcatraz de las Rocosas”.

La orden para decomisar dinero de El Chapo es similar a lo establecido en el acuerdo de culpabilidad de Ismael Zambada, quien fue sentenciado a prisión de por vida, pues también se ordenó confiscarle dinero, sólo que a El Mayo le serán asegurados 15 mil millones de dólares.

En 2019, El Chapo fue sentenciado a cadena perpetua más 30 años adicionales por ser uno de los principales líderes de una organización criminal continua. El cargo incluye 26 delitos relacionados con el narcotráfico y una conspiración para cometer asesinato.

Guzmán Loera fue declarado culpable por un jurado federal el 12 de febrero de 2019, tras un juicio de tres meses, de los diez cargos de la acusación formal modificada, incluidos el tráfico de drogas, el uso de un arma de fuego para la comisión de sus delitos de drogas y la participación en una conspiración para el lavado de dinero.

Según la nota de prensa de la sentencia, las pruebas presentadas en aquel juicio demostraron que El Chapo era uno de los principales líderes del Cártel de Sinaloa, una organización responsable de distribuir más de un millón de kilos de cocaína, mariguana, metanfetamina y heroína en Estados Unidos. 

“Las pruebas incluyeron el testimonio de 14 testigos colaboradores, entre ellos los miembros del Cártel de Sinaloa Rey y Vicente Zambada, Miguel Martínez, Tirso Martínez, Dámaso López y Alex Cifuentes; incautaciones de narcóticos por un total de más de 130 mil kilogramos de cocaína y heroína; armas, incluyendo fusiles AK-47 y un lanzagranadas; libros de contabilidad; mensajes de texto; videos; fotografías y grabaciones interceptadas que detallaban la actividad de narcotráfico de Guzmán Loera y sus cómplices durante un período de 25 años, desde enero de 1989 hasta diciembre de 2014”.

¿Qué es el programa de decomiso de activos?

Los decomisos de dinero, tanto para el caso de El Chapo como El Mayo, son administrados y ejecutados a través del Programa de Confiscación de Bienes del Departamento de Justicia.

El objetivo de este programa es utilizar la confiscación de bienes como herramienta para disuadir, desarticular y desmantelar organizaciones criminales, privándolas de las ganancias y los instrumentos de la actividad delictiva.

Lo decomisado puede utilizarse para indemnizar a las víctimas cuando así lo autorice la ley federal. Involucra a agencias policiales federales, estatales, tribales y locales de todo Estados Unidos.

El Departamento de Justicia utiliza la confiscación de bienes para investigar, identificar, incautar y confiscar los bienes de los delincuentes y sus organizaciones, al tiempo que garantiza la protección de los derechos procesales de todos los propietarios.

Los recursos son recibidos por el Fondo de Confiscación de Bienes. El Fiscal General está autorizado a utilizarlo para cubrir los gastos necesarios relacionados con las operaciones de confiscación, tales como la incautación, detención, gestión, confiscación y disposición de bienes.

Según la ley federal, existen tres tipos de decomiso: decomiso penal, decomiso judicial civil y decomiso administrativo.

Penal

Es dirigida contra una persona acusada de un delito y requiere una condena para que pueda ejecutarse, ya que forma parte de la sentencia. Este procedimiento permite confiscar únicamente los bienes o ganancias vinculados con la actividad delictiva del condenado, generalmente aquellos relacionados con los cargos por los que fue declarado culpable.

El tribunal puede ordenar la entrega de bienes específicos, una suma de dinero o bienes sustitutivos, siempre que el gobierno demuestre la relación entre el delito y el patrimonio a decomisar. Además, antes de emitir la orden final de confiscación, se lleva a cabo un procedimiento independiente para resolver posibles reclamaciones de terceros sobre los bienes involucrados.

Judicial civil

Es un procedimiento dirigido contra los bienes vinculados a un delito, y no contra la persona que lo cometió, por lo que no requiere una condena penal.

Para obtener la confiscación, el gobierno debe demostrar ante un tribunal que la propiedad está relacionada con una actividad ilícita. Este mecanismo permite resolver en un solo proceso las reclamaciones de todas las personas con intereses sobre los bienes y facilita la recuperación de activos que no podrían ser decomisados por la vía penal, como los pertenecientes a fugitivos, terroristas, personas fallecidas o infractores que no han podido ser identificados.

Administrativo

Es un procedimiento que permite al gobierno confiscar determinados bienes sin acudir a un tribunal, siempre que ninguna persona impugne la incautación.

El proceso es llevado a cabo por la propia autoridad que aseguró los bienes y debe cumplir con requisitos estrictos de notificación, plazos y causa probable para proteger los derechos de los propietarios. Su principal objetivo es agilizar la confiscación de bienes no reclamados y evitar la carga de procesos innecesarios en los tribunales.


ROA

  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.

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