Un Tribunal Federal otorgó un amparo a Baltazar Higinio Reséndez Cantú, sentencia que ordena dejar sin efecto el auto de vinculación a proceso dictado en su contra, empresario que fue señalado por la Fiscalía General de la República (FGR) de presuntamente lavar dinero para Francisco Javier García Cabeza de Vaca, cuando era gobernador del estado de Tamaulipas.
El 7 de julio de 2021, un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal con sede en Almoloya de Juárez, Estado de México, vinculó a proceso a Reséndez Cantú por su presunta responsabilidad en los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, porque supuestamente recibió recursos, a partir de diversas triangulaciones, del erario del gobierno tamaulipeco.
Por mayoría de votos, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, ordenó al juez de control dejar sin efecto el auto de vinculación; asimismo, que cite a las partes para una nueva audiencia, donde de forma fundada y motivada se pronuncie porqué le compete conocer el caso; que fije los hechos y otorgue la clasificación jurídica correspondiente al delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita; una vez hecho lo anterior, que vuelva a pronunciarse sobre el asunto.
Los magistrados revocaron la sentencia del juzgado Noveno de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, quien negó la protección de la justicia al empresario.
El Tribunal Federal señaló que detectó vicios formales que deben ser reparados, y porque se omitió el pronunciamiento respecto a uno de los conceptos de violación que planteó la defensa del imputado.
“…el juez (de amparo) se sustituyó en la autoridad responsable para fundar y motivar la competencia del juez de control, sin que ello fuera correcto pues su función es de control constitucional y no de procesos, por lo que debe garantizar la igualdad entre las partes…”, indica la resolución.
El Tribunal Colegiado llegó a la conclusión de que el auto de vinculación a proceso carece de fundamentación y motivación, pues el juez de control no otorgó razones suficientes para sostener su competencia.
“…por su parte, el juez de la causa al momento de vincular a proceso al hoy recurrente, expuso los hechos de una forma diferente a la imputada por el Representante Social. Sin que el juzgador de control motivara su actuar. Esto es, sin manifestar por qué modificaba, resumía o sintetizaba los hechos por los que se formuló imputación, dictó el auto de vinculación a proceso”, enfatiza la sentencia.
La FGR aprehendió al empresario por presuntamente lavar dinero para el ex gobernador recursos que se cree sirvieron para comprar un departamento en más de 42 millones de pesos en Bosques de Santa Fe, en la Ciudad de México.
El mismo Tribunal Colegiado solicitó hace unos días a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que resuelva un recurso de revisión interpuesto en otro juicio por Baltazar Higinio, para determinar si es constitucional un artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), fallo que servirá para resolver si el juez que vinculó a proceso al empresario debe continuar al frente del asunto, porque fue señalado de no ser “imparcial”.
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