Un Tribunal Colegiado desechó por notoriamente improcedente el incidente de inejecución de sentencia con el cual el ex gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, buscaba la destitución del cargo y consignación de autoridades de la Fiscalía General de la República (FGR) por no acatar una sentencia de amparo.
Erik Zabalgoitia Novales, juez Décimo Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, dio entrada a la petición de juicio de inejecución de sentencia, y remitió el expediente al Tribunal Federal para que determinara si el asunto debía ser enviado o no a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Los magistrados del Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal señalaron que ya existe un pronunciamiento de cumplimiento en el juicio de amparo 1083/2016, respecto del cual el ex gobernador no hizo valer medio de impugnación dentro de los plazos legales.
Además, lo resuelto en la apelación que Guillermo Padrés tildó de “incumplimiento del fallo protector”, ya fue materia de los diversos juicios de amparo en el Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, así como de diversos recursos de revisión.
“En este sentido, si el examen de la apelación que el quejoso promueve ya fue objeto de análisis constitucional en recursos de revisión resueltos por este tribunal, es evidente que ese tópico adquirió la calidad de cosa juzgada, pues las sentencias dictadas en los recursos de revisión son definitivas e inatacables y no pueden desconocerse en otras instancias o recursos”, indica el fallo.
El asunto tiene que ver con el amparo que en su momento le otorgó el juez Erik Zabalgoitia contra el auto de formal prisión, por los delitos de defraudación fiscal equiparada y operaciones con recursos de procedencia ilícita por 8.8 millones de dólares.
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La sentencia fue confirmada por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México, lo que obligó a Guillermo Francisco Urbina Tanús, juez 12 de Distrito de Procesos Penales Federales en la capital, decretar auto de formal libertad a favor del ex gobernador por no haber elementos para procesarlo por dichos ilícitos.
El juez de amparo estimó que la entonces Procuraduría General de la República (PGR), incurrió en irregularidades porque la averiguación previa consignada no inició de una denuncia presentada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), es decir, no existió una querella para dar pie a la pesquisa.
Tanto como el juez como el Tribunal coincidieron que la investigación de la PGR carecía de requisitos formales de procedibilidad para acusar al ex gobernador.
Guillermo Padrés tiene pendiente un juicio por el presunto delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita por 11 millones 186 mil 895 pesos, en el juzgado Séptimo de Distrito de Procesos Penales Federales con residencia en el Estado de México.