El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció que acatará la sentencia emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quien amparó a Sonia, a quien bajo engaños y amenazas de personal del instituto se le condicionó la atención médica, y al final la dejaron estéril.
A través de un comunicado, informaron que, sobre el caso de una mala práctica obstétrica, “el IMSS acatará la resolución del máximo Tribunal del país y cooperará en el ámbito de sus atribuciones”.
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Indicaron que el caso analizado por la Suprema Corte ocurrió en 2017 en un hospital del instituto en Jalisco.
Hoy, por unanimidad, los ministros de la Sala avalaron el proyecto de su homóloga Norma Lucía Piña Hernández, quien determinó que la mujer fue víctima de violencia de género, violencia obstétrica y tratos degradantes.
De acuerdo con el expediente judicial, el personal del IMSS hizo firmar a Sonia un consentimiento para que le realizaran una Oclusión Tubaria Bilateral (OTB) como método anticonceptivo permanente, tras amenazas e información falsa. La OTB consiste en la ligadura de trompas.
Sonia llevó su caso a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y después interpuso un amparo.
Reclamó la esterilización no consentida a la que fue sometida y que vulneró sus derechos a la integridad personal, a la salud, a la libertad y autonomía reproductiva, a su proyecto de vida, a la información y a una vida libre de violencia.
“El maltrato del personal médico –basado en estereotipos de género en el ámbito de la salud reproductiva– colocó a Sonia en una posición de indefensión que le impidió ejercer sus derechos de conformidad con el marco nacional e internacional y que le provocó una experiencia de sufrimiento y culpabilidad, no sólo por haber perdido su capacidad física de reproducirse a temprana edad, sino porque previo a esta intervención se le trató como un ser incapaz de tomar decisiones responsables en relación con su propio cuerpo”, detalla el proyecto de la ministra.
Piña Hernández enfatiza en su sentencia que la joven fue víctima de violencia obstétrica como una forma de discriminación por su condición de mujer, lo cual vulneró tanto su derecho a vivir una vida libre de violencia como también su derecho a la integridad personal, a la salud reproductiva y a la información en el acceso a la salud.
AESC