Un juez federal vinculó a proceso a Jesús Said Rochín Aguilar, presunto integrante del grupo criminal Los Salazar, brazo armado del Cártel de Sinaloa en el estado de Sonora que se dedica al tráfico de migrantes y trasiego de drogas.
También fue vinculada Claudia Marina Ruiz Carreón, identificada como su pareja sentimental, y quien se cree operaba como su mano derecha ejerciendo funciones de administración y logística en las actividades de tráfico de personas.
¿De qué acusan a los imputados?
La Fiscalía General de la República (FGR) inició la investigación contra ambas personas, tras recibir una denuncia del agregado adjunto de la Oficina de Investigaciones de Seguridad Nacional (HSI, por sus siglas en inglés).
Después, el agente del Ministerio Público Federal adscrito a la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (Femdo), obtuvo de un juez de Distrito órdenes de aprehensión contra la pareja, por su posible participación en el delito de delincuencia organizada para cometer tráfico de personas.
Agentes de la Policía Federal Ministerial los localizaron en Nogales, Sonora.
Durante la audiencia judicial, el fiscal presentó datos de prueba y formuló la imputación, por lo que el juez les dictó auto de vinculación a proceso e impuso la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa.
Además, se concedieron tres meses para la investigación complementaria.
Jesús Said quedó interno en el Centro Federal de Readaptación Social 11 Hermosillo, y Claudia Marina en el Centro de Reinserción Social 1 Hermosillo, área Femenil.
¿Qué es la vinculación a proceso?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señala que el término vinculación a proceso —también conocido como auto de vinculación a proceso— es la determinación, mediante la cual un juez establece en la audiencia inicial si hay un motivo por el cual el acusado iniciará un proceso penal.
Durante la vinculación a proceso también se definen los hechos o delitos por los que el imputado —es decir el detenido— debe de continuar en prisión mientras se termina el proceso y se hacen las investigaciones correspondientes.
La Fiscalía General de la República (FGR) indica que la vinculación a proceso ocurre durante la audiencia inicial, en la que el Ministerio Público se dirige al juez de control.
En esta etapa, el Ministerio Público debe manifestar y argumentar, con evidencia sólida presentada en la carpeta de investigación, las razones por las que el juez de control debe de vincular a proceso al imputado.
Posteriormente, el juez determinará si la persona en cuestión debe de ser o no, vinculada a proceso, mientras el Ministerio Público realiza las investigaciones complementarias para presentar una denuncia formal.
En resumidas cuentas, durante la audiencia inicial el juez de control le cuestiona al Ministerio Público si tiene las pruebas necesarias para iniciar formalmente un proceso.
Si la evidencia es contundente, el juzgador dicta el auto de vinculación a proceso, momento en el que inicia un periodo de hasta seis meses para que se realicen las investigaciones complementarias, sin que el imputado pueda quedar en libertad.
Ante este escenario, el acusado puede optar por un procedimiento abreviado, en el que el imputado acepta la culpabilidad del caso.
RM