Jesús Ubando, el juez que dio casi 7 años de cárcel a Lorena González por caso Martí

La actuación del juez resultó fundamental para que se le ofreciera una disculpa pública a la policía federal Lorena González por falsa acusación en el caso Fernando Martí

El juez Ubando López sentenció a Lorena González por el caso Fernando Martí | Cuartoscuro
Ignacio Alzaga
Ciudad de México /

Jesús Ubando López, quien como juez 32 penal mantuvo casi siete años en la cárcel a Lorena González Hernández, acusada injustamente de participar en el secuestro y homicidio del hijo del empresario Alejandro Martí, tiene una carrera de claroscuros.

En el caso de la integrante de la Policía Federal, su actuación resultó fundamental para que el actual presidente del Tribunal Superior de Justicia de Ciudad de México, Rafael Guerra, ofreciera una disculpa pública a Lorena junto con la procuradora capitalina, Ernestina Godoy.

El magistrado reconoció que esta mujer fue víctima de diversas violaciones a sus derechos humanos durante su proceso judicial "en un México que debe quedar en el pasado".

Otro caso polémico de Ubando López está relacionado con el juicio contra Luis Fernando Sotelo, activista del caso Ayotzinapa, a quien condenó de manera desproporcional a 33 años y cinco meses de prisión, así como una reparación de daño por 8.7 millones de pesos.

El estudiante fue detenido en noviembre de 2014, luego de participar en la tercera acción global por Ayotzinapa en la que los actos de protesta derivaron en la quema de un microbús frente a Ciudad Universitaria.

Luis Fernando fue acusado y sentenciado por los delitos de ataques a la paz pública, ataques a las vías de comunicación y daño a la propiedad agravado.

La defensa apeló la sentencia y logró una disminución a 13 años de prisión, sin embargo con base en un amparo directo la pena disminuyó a cuatro años ocho meses, que el joven cumplió en el reclusorio Sur.

De esta manera, el Poder Judicial de la Federación admitió que la sentencia inicial fue excesiva.

Además Ubando López enfrentó la queja radicada en el expediente 555/2015 del Consejo de la Judicatura por no detectar una irregularidad de su secretario de Acuerdos, Salvador Pedrozo Castillo, quien como juez por ministerio de ley dictó en agosto de 2015 un auto de formal prisión con beneficio de prisión preventiva domiciliaria.

En este caso, la edad de la imputada -que finalmente quedó en libertad por falta de elementos para procesar- fue modificada con corrector.

El Consejo de la Judicatura determinó que “pasó de largo que su suplente dictó una resolución ilegal, y no mencionó el tema sino hasta que resolvió el recurso de revocación interpuesto por el Ministerio Público en contra del auto de uno de agosto de dos mil quince".

"Ni siquiera se pronunció sobre la ilegalidad de dicho auto al resolver el recurso, limitándose a declarar improcedente la revocación porque ya había cambiado la situación jurídica de la citada persona; incumplimiento qué, dice el quejoso, es constitutivo de una falta administrativa por haber desempeñado sus labores con notoria ineptitud al ignorar una ilicitud que es evidente”.

​bgpa

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