Juez rechaza frenar entrada en funciones de nuevas centrales solares y eólicas

Las compañías impugnaron el acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional con motivo del reconocimiento de epidemia por el coronavirus covid-19.

Imagen captada en Laguna Vista, Texas, que evoca a las energías eólicas y solar. (Archivo)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un juez federal otorgó dos suspensiones provisionales que impiden ejecutar el acuerdo que emitió el pasado 29 de abril el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), contra la entrada en funciones de nuevas centrales solares y eólicas al mercado eléctrico.

Rodrigo de la Peza López Figueroa, juez primero de distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, señaló que sería grave para la sociedad la paralización o retraso de la entrada en operación de las plantas de energía limpia.

Lo anterior, “pues ello alteraría el funcionamiento del mercado en términos de libre concurrencia y competencia económica, consistentes en la generación de fenómenos monopólicos que a la postre, pueden provocar el alza injustificada de precios y la reducción en la eficiencia de la prestación del servicio, en perjuicio de los usuarios finales”.

El juez indicó que la reducción o limitación impuesta a las dos empresas que se ampararon les impide realizar transacciones comerciales en el mercado eléctrico mayorista respecto de la energía que llegasen a generar, lo que eventualmente impactaría en afectaciones que trascenderían en compromisos previamente adquiridos.

Una de las empresas es la española FV Mexsolar XI, Sociedad Anónima Promotora de Inversión, que construye un parque solar llamado Perote, en Veracruz. La otra compañía solicitó la reserva de datos.

Ambas reclamaron la ejecución del Acuerdo y la emisión de su Anexo Único (Técnico), particularmente al punto quinto de las denominadas Acciones y Estrategias del Control Operativo para Fortalecer la Confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional.

Dicho punto establece que a partir del 3 de mayo quedan suspendidas las pruebas preoperativas de las Centrales Eléctricas intermitentes eólicas y fotovoltaicas en proceso de operación comercial. Asimismo, para aquellas que no han iniciado, menciona que no se autorizarán pruebas preoperativas.

También reclamaron la omisión de no llevar a cabo la evaluación de competitividad en el Mercado de Certificados de Energías Limpias conforme al Artículo Vigésimo Transitorio del Decreto por el cual se emitió la Ley de Transición Energética (LTE) e impugnaron la omisión de iniciar y tramitar el procedimiento previsto en el artículo 94 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

“En consecuencia, y tomando en cuenta que el acuerdo reclamado contiene una norma de carácter general, con fundamento en el artículo 148 de la Ley de Amparo, se concede la suspensión provisional solicitada por las quejosas, lo cual implica que la autoridad no debe aplicar a las quejosas el acuerdo reclamado, y por consiguiente, no debe restringir la generación de energía eléctrica de las centrales de las quejosas, siempre y cuando cuenten con los permisos para ello y su actividad se realice conforme a la normativa aplicable, pero con la precisión de que deben cumplirse con todas las medidas extraordinarias para atender la emergencia sanitaria”, enfatizó el juez.

El juez convocó para el próximo 22 de mayo para la celebración de la audiencia incidental.

En el Acuerdo del Centro Nacional de Control de Energía se indica que la generación intermitente de las Centrales Eléctricas eólicas y fotovoltaicas afecta la confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional (“SEN”) en suficiencia, calidad y continuidad en el suministro eléctrico.

Añade, que las mismas no contribuyen en la regulación primaria del control de la calidad de la frecuencia, privilegiando el despacho de energías provenientes de fuentes convencionales, sin el debido soporte técnico y legal.

Por este motivo, el Cenace ordenó una serie de acciones para “fortalecer la confiabilidad del suministro eléctrico en el Sistema Eléctrico Nacional”.

Apenas el viernes pasado, la Secretaría de Energía (Sener), publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), publicado por el Centro Nacional de Control de Energía.

jlmr 

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