Juzgado rechaza ordenar a AMLO no hacer comentarios contra senador Gustavo Madero

En septiembre, el dueño de Altos Hornos de México (AHMSA), Alonso Ancira Elizondo, también promovió un amparo con el cual buscaba que se ordenara al Presidente no hacer comentarios sobre su persona.

Gustavo Madero consideró que fue innecesario el comentario del Presiente. (Eduardo de la Rosa)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un secretario en funciones de un juez federal rechazó ordenar al presidente Andrés Manuel López Obrador que deje de hacer comentarios en sus conferencias mañaneras contra el senador Gustavo Madero.

El secretario adscrito al juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa negó la suspensión provisional solicitada por el legislador federal, quien promovió un amparo con el cual pretende que el titular del Ejecutivo no haga más señalamientos sobre él.

En septiembre, el dueño de Altos Hornos de México (AHMSA), Alonso Ancira Elizondo, también promovió un amparo con el cual buscaba que se ordenara al Presidente que ya no hiciera comentarios sobre su persona.

Alonso Ancira también pidió que López Obrador lo reconociera como “inocente a la fecha de cualquier delito que se le impute hasta que no exista una sentencia definitiva que lo condene”.

Sin embargo, Gabriel Regis López, juez Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, determinó que la medida cautelar solicitada era improcedente.

Regis López señaló que las conferencias de prensa permiten a la sociedad tener plena libertad para expresar, recolectar, difundir y publicar información e ideas, lo cual es imprescindible no solamente como instancia esencial de autoexpresión y desarrollo individual, sino como condición para ejercer plenamente otros derechos fundamentales, y como elemento determinante de la calidad de la vida democrática en un país.

Indicó que prohibir que el titular del Ejecutivo Federal emita cualquier pronunciamiento, manifestación o declaración pública restringe la posibilidad de la sociedad de obtener información, expresar y publicar libremente ideas y hechos sobre temas de relevancia pública.

El juez subrayó que no se puede restringir el derecho a la información, así como la posibilidad de la participación activa de la sociedad, por lo que de otorgar la suspensión se contravendrían disposiciones de orden público e interés social, puesto que se negaría a la sociedad el acceso gratuito a la información pública respecto de un tema de relevancia e interés público, lo cual es una cuestión de orden público.

En el caso del senador de Gustavo Madero, el secretario en funciones de juez federal solo público un acuerdo donde señaló que negaba la medida cautelar, pero no hizo público sus razones.

irh

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