La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó atraer el amparo que promovió Karime Macías Tubilla contra la orden de aprehensión que existe en su contra y que derivó en la solicitud de detención provisional con fines de extradición presentada al gobierno de Reino Unido.
De acuerdo con registros judiciales, ni uno de los ministros de la Primera Sala de la Corte quiso hacer suya la solicitud planteada para que el Alto Tribunal ejerciera de oficio la facultad de atracción. El acuerdo fue emitido el pasado 29 de julio.
La ex esposa del gobernador de Veracruz reclamó que un tribunal colegiado no admitió una prueba documental que ofreció como prueba superveniente, con el propósito de acreditar actos de tortura.
En noviembre pasado, la defensa de Karime Macías aseguró que la orden de aprehensión fue librada de manera “ilegal”, en el marco de una “brutal persecución de la que la hicieron víctima”.
A través de un comunicado, el abogado Marco Antonio del Toro mencionó que incluso se llegó al extremo de obtener la declaración más relevante en contra de Karime Macías con tortura.
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“No cabe ni duda alguna que estamos ante un asunto lleno de atropellos a los derechos más fundamentales en el marco de una persecución que dio incluso lugar a forzar la entrega de su esposo a cambio de no afectar a su familia”, señaló.
En primera instancia, el juez Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal, Juan Mateo Brieba de Castro, rechazó amparar a Karime contra la orden de aprehensión librada por Alma Aleida Sosa Jiménez, jueza de Control del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa, el 25 de mayo de 2018, por su probable responsabilidad en el delito de daño patrimonial por 112 millones de pesos, en agravio del estado de Veracruz.
Asimismo, le negó la protección de la justicia contra la solicitud de detención provisional con fines de extradición.
Ante el fallo adverso, Karime promovió un recurso de revisión que fue radicado en el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y posteriormente solicitó a la Corte ejercer su facultad de atracción.
El 17 de marzo, el presidente de la Primera Sala de la Corte, Juan Luis González Alcántara, dio trámite a la petición, ante la falta de legitimación de la quejosa.
Hace unos días, Alejandro Martín López Cervantes, actuario judicial adscrito a la Primera Sala, transcribió el acuerdo de 29 de julio, en el que se menciona que se sometió a consideración de los ministros la petición, “y ninguno de ellos decidió de oficio hacerla suya, por lo que la misma se desechó”.
Ahora, el tribunal colegiado podrá continuar con el estudio del recurso de revisión.
Hace unos meses el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal resolvió que la Fiscalía General de la República puede continuar sus trámites con las autoridades de Inglaterra para solicitar la extradición de Karime Macías.
Los magistrados señalaron que la suspensión provisional otorgada por otro juez federal solo la protege para que México no pueda entregarla a otro país.
El 29 de octubre de 2019, Karime Macías se presentó voluntariamente a la Corte inglesa, tras ser notificada de la solicitud de detención provisional con fines de extradición.
bgpa