Presunto ladrón muere de un balazo durante intento de robo a empresa en Coyoacán

Un trabajador de la empresa disparó para asustarlos, pero una de las balas impactó a uno de los presuntos ladrones, quien murió desangrado en el lugar de los hechos.

Su cómplice fue detenido por policías de CdMx.
Ciudad de México /
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Un presunto ladrón fue abatido por su propia víctima luego de que intentara robar una empresa de desperdicios ubicada en la alcaldía Coyoacán.

Según el periodista y conductor del programa C4 en Alerta, Carlos Jiménez, la víctima mortal y otro presunto ladrón intentaron robar la empresa con una pistola de plástico; sin embargo, una de las personas del lugar les disparó con un arma real.

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¿Qué pasó con los presuntos ladrones?

La fuente informó que el trabajador de la empresa disparó para asustarlos, pero una de las balas impactó a uno de los presuntos ladrones, quien murió desangrado en el lugar de los hechos.

Por su parte, policías de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México detuvieron al otro implicado.

¿Qué es la defensa propia?

El abogado penalista Gerson Rodríguez explica que en derecho existe un término conocido como "legítima defensa", el cual significa:

“Una causa de exclusión de la antijuricidad, es decir, es una causa eximente de responsabilidad penal que se aplica cuando se realiza una acción punible (merece un castigo) para impedir o repeler una agresión ilegítima a una persona o a derechos, ya sean propios o ajenos”.

En el Código Penal de la Ciudad de México se establecen, en el artículo 29, las condiciones bajo las cuales un delito puede ser excluyente de pena por causas justificadas, entre ellas la legítima defensa.

Artículo 29 (B): “Se repela una agresión real, actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa empleada y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de su defensor”.
“Se presume que existe legítima defensa, salvo prueba en contrario, cuando se cause un daño a quien por cualquier medio trate de penetrar o penetre, sin derecho, al lugar en que habite de forma temporal o permanente el que se defiende, al de su familia o al de cualquier persona respecto de las que el agente tenga la obligación de defender, a sus dependencias o al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que exista la misma obligación”, dice el Código.

Por otra parte, el Código establece algunas situaciones en las cuales no se debe aplicar la legítima defensa, por ejemplo, cuando una persona atenta contra un bien de forma accidental o si tú provocas inicialmente la reacción violenta del individuo.

RM



  • Rafael Mejía Fernández de Lara
  • Hoy editor de noticias, algún día presentador de TV. La vida me puso en la sección de policía, pero yo decidí entre ser el periodista bueno o malo. Fan de los deportes

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