Un juez federal suspendió de manera indefinida la aplicación de la Ley de la Industria Eléctrica, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, debido a que consideró que puede afectar la competencia y la libre concurrencia, así como producir daños inminentes e irreparables al medio ambiente.
Lo anterior, porque fomenta la producción y el uso de energías convencionales que desincentivan la producción de energías limpias, estatuto que genera incertidumbre y que contraviene disposiciones constitucionales.
En la resolución, el juez mencionó que existen precedentes de un Tribunal Colegiado que ha señalado que se pueden otorgar suspensiones con efectos generales.
"Son infundados los argumentos en los que se sostiene que el juez indebidamente otorgó efectos generales a la suspensión, porque se justifican en la medida en que los efectos de la suspensión tienen que ser proporcionales e idóneos en relación con las consecuencias jurídicas o de hecho que producen los actos reclamados.
"Siendo que en el caso, para cumplir con la función de la medida, se requiere que se dé continuidad a las reglas que prevalecían en torno al otorgamiento de energías limpias, hasta antes de la emisión del acuerdo reclamado, dado el tipo de derecho que se discute", dice el documento.
Por ello, afirmó que no existe impedimento jurídico que prohíba que el Juzgado de Distrito efectúe la suspensión definitiva concedida, ya que se encuentra justificada.
Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con jurisdicción en toda la República, otorgó las suspensiones definitivas a empresas que impugnaron el estatuto.
El juzgador Gómez Fierro y su homólogo Rodrigo de la Peza López Figueroa, juez Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, habían otorgado más de 35 suspensiones provisionales.
La medida cautelar continuará teniendo efectos generales, es decir, protegen a todas las compañías de la industria. Eoliatec del Pacífico y Parque Solar Orejana, entre otras, fueron las primeras empresas en ampararse y en obtener las suspensiones provisionales.
No obstante, la resolución podrá combatirse a través de un recurso de queja, que podrá analizar un Tribunal Colegiado en la misma materia.
Por lo tanto, se continuará aplicando la ley que estaba vigente antes de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo del presente año.
Industria espera unidad de criterio sobre suspensión definitiva
La Asociación Mexicana de Energía Eólica (Amdee) y la Asociación Mexicana de Energía Solar (Asolmex) confiaron en que habrá unidad de criterio en conceder la suspensión definitiva en los demás juicios de amparo que han sido promovidos.
“Como parte de las acciones de la industria para salvaguardar sus derechos ante la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, hoy tenemos noticia de que las primeras suspensiones definitivas, con efectos generales, han sido concedidas por juzgados federales especializados. Como en el caso de las suspensiones provisionales, en donde hubo unidad de criterio por parte de los juzgadores especializados, confiamos que así también habrá unidad de criterio en conceder la suspensión definitiva en los demás juicios de amparo que han sido promovidos", dijeron en un comunicado conjunto.
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