Los jueces y magistrados federales del país rechazaron la versión de las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México en el sentido de que un juzgador dejó ir impunemente a Fabián Osvaldo Solís Vieyra, El Cachorro, uno de los presuntos líderes de la banda delictiva La Ronda 88, porque la Fiscalía capitalina ni siquiera informó que contaba con una orden de aprehensión en su contra.
A través de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (PJF), dieron a conocer los pormenores de cómo se llevó a cabo la audiencia en la que fueron liberadas tres personas tras una imputación de la Fiscalía General de la República (FGR) en el Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Sur.
Los juzgadores salieron en defensa del juez Roberto Omar Paredes Gorostieta Femat.
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Se menciona que, el agente del Ministerio Público Federal adscrito a la Fiscalía Especial en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas, de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (Femdo), por medio del sistema de interconexión, a las—11:50 horas del 5 de marzo de este año—solicitó audiencia inicial con control de detención respecto de tres imputados.
Durante el desarrollo del debate en torno a la legalidad del control de detención y una vez escuchadas a las partes, a la 01:09 horas del 6 de marzo, el juzgador consideró que resultaba ajustado a derecho no calificar de legal la detención de los tres imputados, por lo que decretó su inmediata libertad.
“La anterior decisión la sostuvo, en esencia, por advertir diversos vicios durante la ejecución de la orden de cateo practicada en el inmueble donde fueron detenidos".
A saber: inverosimilitud entre la hora de llegada por parte de la autoridad ministerial al inmueble a catear y la hora en que fueron hallados dentro del domicilio dos de los imputados, con base en las formalidades y momentos que se deben seguir en la práctica de un cateo, pues a dicho de la fiscalía, únicamente transcurrió un minuto desde su llegada y el momento en que fueron intervenidos dos de los imputados, siendo que entre ambos momentos se tocó a la puerta, se pegó la orden de cateo al exterior del inmueble, se designaron testigos de asistencia, se rompió la chapa de acceso y se ingresó al mismo”.
Diversas irregularidades, entre la que destaca, que otras personas que se encontraban al interior del inmueble al momento de practicar el cateo, les fue permitido por la autoridad ministerial abandonarlo sin que se les haya recabado la entrevista respectiva, o bien, solicitarles su nombre o algún dato de contacto para entrevistarlos posteriormente.
“Se aclara que en dicho asunto el juez Federal no decretó la ilicitud de prueba alguna, sino que ordenó a la Fiscalía Federal realizar más actos de investigación a efecto de que las irregularidades anunciadas no trascendieran en su investigación, por lo que el fiscal Federal debía indagar que los imputados puestos a su disposición, se trataran de las personas que de manera probable participaron en los hechos que la Fiscalía les pretendía atribuir”, añadieron.
Asimismo, se indica que la Fiscalía Federal en ningún momento de la audiencia refirió que los imputados contaran con diverso mandamiento de captura, ni tampoco que, en el área de público de la sala de audiencias, se encontrara personal de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, o bien, que así se hayan identificado.
RM