Un Tribunal Federal amparó al ex director de Seguridad Regional de la extinta Policía Federal, Luis Cárdenas Palomino, sentencia que abre la puerta para que se evalúe si puede dejar el penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, y ser recluido en el reclusorio Oriente de la Ciudad de México.
El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal ordenó reponer el procedimiento, con el fin de que se realice una audiencia, donde se resuelva oralmente el recurso de apelación que interpuso la ex mano derecha del ex secretario de Seguridad Pública Federal, Genaro García Luna.
Los magistrados consideraron que se vulneró el derecho de Cárdenas Palomino de expresar los agravios y aportar las pruebas que estimara conducentes para su defensa.
Por este motivo, revocaron la resolución dictada por el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal, el cual consideró que la cárcel capitalina no cuenta con las medidas y sistemas de seguridad necesarios para el internamiento y permanencia de personas que requieren medidas especiales de seguridad o vigilancia; además de que presenta un grave problema de hacinamiento y falta de personal de seguridad y custodia.
El Tribunal que concedió el amparo y que ordenó dejar sin efecto el fallo del Colegiado de Apelación, subrayó:
“…puede válidamente sostenerse, que se trastocaron los derechos fundamentales contenidos en los artículos 14, 17 y 20, Constitucionales, que resguardan la audiencia, el debido proceso y el acceso a la justicia.
“En estas condiciones, al haberse vulnerado los derechos humanos de la parte quejosa, se estima que se actualizan las hipótesis a que se refiere el artículo 173, apartado B, fracciones I y XI17, de la Ley de Amparo, al no haberse practicado una audiencia en la forma prevista por la ley y no haber sido juzgado en audiencia pública por el tribunal respectivo, lo que por sí, trascendió al sentido del fallo…”.
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Al inicio de este juicio, la defensa de Cárdenas Palomino alegó que en el reclusorio Oriente hay reclusos con un perfil similar al de su cliente, incluidos ex gobernadores.
“…existen ex gobernadores, cuyos cuidado y atenciones, así como el cumplimiento de los planes de reinserción se cumplen, pensar que la Federación tiene impedido tener reclusos de índole federal en los centros de la Ciudad de México ´es impensable´ y no existe justificación alguna para violentar el derecho de igualdad”, mencionó el litigante.
Sin embargo, un magistrado señaló que la permanencia de los reos en diversos centros carcelarios obedece a las características particulares de cada caso como el tipo de delito, características de personalidad, historial social y delictivo, así como índice de peligrosidad.
A su vez, el coordinador general de Centros Federales de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) expresó que Cárdenas Palomino se desempeñó como servidor público en instituciones de seguridad pública, en las que ejerció funciones de dirección encaminadas a la desarticulación de organizaciones delictivas.
Además, de su alta capacidad de análisis, síntesis, organización y planeación, liderazgo, negociación, así como resolver situaciones de dificultad elevada, aunado a ello el adiestramiento en manejo de armas, vínculo con servidores públicos de alto estatus, así como poder adquisitivo importante “se advierte que requiere de medidas de vigilancia especial”.
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