La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la petición de Florian Tudor, presunto líder de la banda de rumanos dedicada a la clonación de tarjetas bancarias y al tráfico de personas con fines de explotación sexual, para que sea atraído el juicio que emprendió contra la Fiscalía General de la República (FGR) por el aseguramiento de dos propiedades.
Aún falta que la Primera Sala de la Corte decida si ejerce su facultad de atracción. Por el momento, el Tribunal Colegiado que conoce el asunto suspendió su estudio.
En el expediente judicial se menciona que Florian Tudor fue detenido en Cancún, Quintana Roo, durante un operativo de la FGR y de la Secretaría de Marina realizado el 11 de mayo de 2019, donde se buscaban armas de fuego, pero el cateo se realizó “de forma incorrecta”.
Por este motivo, una juez federal calificó de ilegal la detención y ordenó su libertad y anuló todas las pruebas que obtuvo la fiscalía. La resolución fue ratificada por el Segundo Tribunal Unitario con residencia en Quintana Roo.
Funcionarios federales señalaron a MILENIO que desde hace años la FGR investiga a Florian Tudor, pero el rumano cuenta con una red de contactos en diversos ámbitos que ha hecho difícil llevarlo a prisión.
Sus propiedades
En una audiencia realizada el 17 de septiembre de 2019, el juez de control decretó la nulidad del acuerdo de aseguramiento de 13 de mayo de dicho año, porque consideró que dicha determinación se sustentó en una orden de cateo que no cumplió con las formalidades legales correspondientes, de ahí que la detención de Tudor haya sido calificada de ilegal y, por consecuencia, también el aseguramiento de los inmuebles cateados.
El juzgador mencionó que no había razón por la cual los objetos muebles e inmuebles debían ser seguir asegurados, pues no se acreditó que se siguieran realizando actos de investigación en dichos predios, pese a estar asegurados por más de cuatro meses.
El rumano se amparó, pero Ricardo Ruiz del Hoyo Chávez, juez Cuarto de Distrito con residencia en Quintana Roo, sobreseyó el caso.
El juzgador indicó que los inmuebles fueron devueltos por la FGR, pero el expediente menciona que Tudor no acreditó ser el poseedor de dichos inmuebles, que son los que ahora reclama.
“En ese sentido, es al quejoso a quien le correspondía ofrecer pruebas fehacientes para acreditar que el acto reclamado transgrede su esfera jurídica, debido a la carga de la prueba, lo que no hizo, máxime que les correspondía demostrar tal circunstancia”, indicó el juez de amparo.
El juzgador mencionó que, de acuerdo con testimonios públicos, únicamente se acreditaba que una empresa es propietaria del inmueble ubicado en calle Robalo y es arrendadora del diverso predio que se encuentra sobre avenida Coba, los cuales fueron asegurados.
“En esa tesitura, como se dijo, el acto que se reclama en la presente instancia constitucional no afecta la esfera jurídica del quejoso, pues no obstante que manifiesta ser poseedor de los bienes asegurados, no acredita con pruebas suficientes dicho extremo (causa generadora de su posesión)".
Por este motivo interpuso un recurso de revisión que fue admitido a trámite por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito en marzo de 2020. En noviembre pasado Florian Tudor pidió a la Corte atraer el caso, pero por la pandemia, el asunto se estuvo retrasando y ahora solo se está a la espera de que la Primera Sala decida si atrae el juicio.