Un juzgado federal rechazó echar abajo la vinculación a proceso y mucho menos modificar la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa impuesta a Daniel Tabe Tabe, padre del titular de la alcaldía de Miguel Hidalgo, Mauricio Tabe Echartea.
Marco Antonio González Cortázar, secretario en funciones de juez federal, negó el amparo al quejoso, quien fue imputado por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México por el presunto delito de homicidio calificado en grado de tentativa.
De acuerdo con antecedentes, el 27 de septiembre de 2022, Daniel Tabe supuestamente amenazó con un cuchillo a un verificador del Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México (Invea).
En el expediente judicial, se menciona que la defensa del indiciado aseguró que el cuchillo utilizado por Daniel Tabe era de “utilería”.
Sin embargo, González Cortázar puntualizó que los Tribunales Colegiados han establecido que cuando se amague o amenace a una persona con un mal grave, presente e inminente, capaz de intimidarlo, ya sea con un cuchillo o arma de fuego, “es indudable que su utilización cumplió con su finalidad pretendida”, ya que el ofendido “resultó intimidado”.
“…por lo que se acredita que el delito fue cometido con medios violentos, por lo que en el caso que nos ocupa, resulta legal la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por haber realizado el delito con medios violentos con un arma, como en el caso se trató de un cuchillo”, indica la sentencia.
El secretario en funciones de juez declaró infundados los agravios de la defensa, quienes insistieron con declaraciones de testigos, que el cuchillo era de utilería.
Asimismo, determinó que el auto de vinculación a proceso está fundado y motivado, y no se vulneró los derechos de legalidad, seguridad jurídica, debido proceso y presunción de inocencia del quejoso.
La sentencia ya fue impugnada por Daniel Tabe, por lo que un Tribunal Colegiado estudiará el fallo dictado en primera instancia.