La portación legal de armas ha perdido interés entre los civiles en México, pues en los últimos tres años no han aumentado sustancialmente los permisos de portación de armas otorgados por la Defensa.
En el primer semestre de 2026, la Secretaría de la Defensa Nacional expidió apenas 20 nuevas licencias particulares individuales para portar armas de fuego, de acuerdo con registros de la dependencia.
Entre enero y marzo, fueron otorgadas cuatro licencias, que ampararon a igual número de armas cortas, mientras que, entre abril y junio, se expidieron otras 16, también para 16 armas cortas.
Aunque la expedición se cuadruplicó entre un trimestre y otro, el acumulado de 20 permisos nuevos en seis meses resulta reducido frente al universo de aproximadamente 2 mil 500 civiles que actualmente cuentan con autorización para portar un arma en el país.
Fuentes militares estimaron que, a mayo de 2026, el número de licencias particulares individuales vigentes se mantenía alrededor de esa cifra.
En 2023, la Defensa tenía registradas 2 mil 535 licencias particulares individuales vigentes, por lo que el universo de civiles autorizados para portar armas prácticamente se ha mantenido sin crecimiento en los últimos años.
La tendencia contrasta con el repunte observado previamente, pues las licencias particulares individuales de portación aumentaron 8 por ciento en el periodo 2019-2023 respecto de 2013-2017, de acuerdo con información del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.
Ese crecimiento, sin embargo, perdió fuerza hacia 2026. La portación de armas por particulares en México está restringida y requiere autorización de Defensa.
Es distinta a la posesión de un arma dentro del domicilio y también a su adquisición legal.
Para que una persona física pueda llevar consigo un arma fuera de su casa, necesita una licencia particular individual de portación, vinculada al arma correspondiente y que debe ser revalidada periódicamente.
La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos contempla además licencias colectivas y licencias oficiales colectivas utilizadas por instituciones públicas.
¿Cuánto cuesta y que armas están permitidas?
Para 2026, la expedición de una licencia particular individual tiene un costo de 6 mil 359 pesos, monto que también debe cubrirse por su revalidación.
La legislación permite a particulares acceder, entre otras, a pistolas semiautomáticas de calibre no superior al .380, incluidos sus equivalentes 9 x 17 mm, 9 mm Short o Kurz, y a revólveres de hasta .38 Especial.
Quedan fuera, entre otras, las pistolas .38 Super, otros modelos de 9 milímetros y el .357 Magnum; para tiro deportivo y cacería existen además reglas específicas para rifles, pistolas y revólveres calibre .22, escopetas y otras armas autorizadas por Defensa.
Portación de arma en domicilio
Fuentes militares explicaron que no debe confundirse la posesión de un arma en el domicilio con la licencia particular individual de portación.
La primera permite a un civil mantener un arma legalmente registrada dentro de su casa para seguridad y legítima defensa, mientras que la segunda es una autorización distinta, más restrictiva, que permite llevar el arma consigo fuera del domicilio y exige acreditar requisitos específicos ante la Secretaría de la Defensa Nacional.
El comportamiento en México contrasta con Colombia, donde el gobierno levantó este martes la suspensión general que impedía ejercer los permisos individuales de portación de armas.
La decisión colombiana no eliminó los requisitos para obtener una autorización, sino que permitió nuevamente hacer efectivos los permisos vigentes.
AG