Una ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) planteará dejar firme la sentencia de 40 años de prisión impuesta a Carlos Martínez Sánchez, quien participó en uno de los crímenes que más ha impactado, en el que murieron 11 personas, dos de ellas niñas, y en el que otras dos menores resultaron con heridas graves tras el ataque a una familia de una comunidad indígena en el estado de Puebla.
Loretta Ortiz Ahfl tiene previsto presentar su proyecto el próximo 11 de diciembre, en el que propone desechar el recurso de revisión interpuesto por el homicida y con ello dejar firme la sentencia del Tribunal Colegiado que rechazó amparar al quejoso contra la condena.
De acuerdo con antecedentes, el 9 de junio de 2016, en la comunidad de San José El Mirador, en Coxcatlán, Puebla, un grupo de personas, entre ellas, Carlos Martínez, privaron de la vida a cinco mujeres, una de ellas embarazada, así como a cuatro varones adultos. También, mataron a dos niñas, e hirieron de gravedad a otras dos menores, con armas de fuego e instrumentos punzocortantes.
Según las autoridades municipales, el crimen fue planeado por Adán, quien años antes había abusado sexualmente de una joven, a quien amenazó en caso de denunciarlo y que le prohibió relacionarse sentimentalmente con otra persona.
El agresor huyó cuando la familia de la víctima lo denunció. Sin embargo, años después regresó a la comunidad y se enteró que la joven vivía con un hombre, lo que dio pie a su venganza.
La Fiscalía General de Justicia del Estado de Puebla localizó a Carlos Martínez en la localidad del Potrero, perteneciente al citado municipio, luego de ser identificado por pobladores como participante en el multihomicidio.
El detenido fue enjuiciado y en 2018 un Tribunal de Enjuiciamiento lo condenó a 40 años de prisión por los delitos de homicidio calificado y homicidio en grado de tentativa, sentencia que fue ratificada en 2021 por una Sala del Tribunal Superior de Justicia de la citada entidad.
Ante esta situación, se amparó alegando irregularidades en el procedimiento y dijo que no contó con traductor porque habla lengua náhuatl.
El Tribunal Colegiado indicó que de la revisión de las audiencias de juicio oral, advirtió que el quejoso contó en todo momento con la asistencia de los peritos traductores, quienes en presencia del juez de enjuiciamiento manifestaron conocer la lengua materna y cultura del sentenciado, esto es, el náhuatl, por pertenecer a la misma comunidad lingüística.
Por ello, la ministra Loretta Ortiz propondrá confirmar el fallo.
“Finalmente, no pasa inadvertido para este Tribunal Pleno que el quejoso manifestó en sus agravios que los intérpretes **** y **** no contaban con las habilidades y competencias necesarias, pues sólo hacían su deber de traducir a su saber y entender —sin que lo hicieran de forma literal—, además de que tampoco acreditaron su calidad como intérpretes de lenguas indígenas con algún certificado o reconocimiento idóneo.
“No obstante, esos argumentos son inatendibles por ser novedosos, pues el recurrente no planteó dichas cuestiones desde su demanda de amparo; en consecuencia, el Tribunal Colegiado no estuvo en aptitud de analizarlas, lo que impide a este Alto Tribunal pronunciarse en relación con dicho tópico, dado que se introducen aspectos no abordados en la resolución recurrida, conforme a la jurisprudencia 1a./J. 150/2005. 29 47”, menciona el proyecto.
LP