• La SCJN por voto popular: las nuevas reglas que reescriben el poder y el dinero en México

  • Los togados se han caracterizado por abrir las puertas a los quejosos, pero también por discutir temas controversiales.
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M+.- A un año de la entrada en funciones de la nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ministras y ministros poco a poco comienzan a dejar huella propia y están rompiendo con esquemas y criterios que prevalecieron por años.

Lo anterior, se ve reflejado en asuntos que van desde los derechos indígenas, mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas de la diversidad sexual y migrantes, además de temas fiscales, financieros, militares y de seguridad.

Los togados, primeros en ser electos por voto popular y que asumieron el cargo el primero de septiembre de 2025, se han caracterizado por abrir las puertas a los quejosos.

La complejidad de algunos asuntos y la presión social de diversos sectores, también los lleva a escuchar de viva voz a personas con discapacidad que reclaman no haber sido tomados en cuenta mediante consulta sobre leyes aprobadas que impactan en la esfera de sus derechos personales. Por ello, se celebraron tres audiencias públicas en octubre.

En un intento por mostrar una cercanía real con la gente, sesionaron fuera de la Ciudad de México.

En febrero del 2026, efectuaron una sesión itinerante en Chiapas para reconocer el derecho que tienen los gobiernos comunitarios indígenas para autogobernarse. Esta fue la segunda sesión de su tipo que realizó el Alto Tribunal en 178 años.

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La nueva Corte cambió en 12 meses

En los primeros 12 meses, la nueva integración emitió criterios que impactan directamente la vida cotidiana de sectores, al mismo tiempo que ha establecido reglas que afectan a contribuyentes, empresas y personas investigadas por posibles delitos financieros.

Derechos humanos

En materia de derechos humanos, establecieron que las niñas, niños y adolescentes víctimas de abuso sexual no pueden ser obligados a rendir nuevas declaraciones cuando ello implique hacerlos revivir el daño sufrido.

Asimismo, abrió la puerta para que menores de edad sean escuchados en los procesos judiciales relacionados con la liquidación de bienes después del divorcio de sus padres.

En materia familiar, estableció que hermanos y hermanas que se hicieron cargo de sí mismos ante el abandono de sus padres puedan reclamar parte del patrimonio de otro hermano fallecido, evitando que los bienes pasen automáticamente a los progenitores conforme a la legislación del estado de Puebla.

En asuntos relacionados con las nuevas formas de familia, en enero de este año, dio luz verde para que las personas que viven en concubinato y que acrediten haberse dedicado al hogar puedan reclamar una pensión compensatoria después de la muerte de su pareja. El asunto tuvo como origen el litigio de una persona integrante de la comunidad LGBTQ+.

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Libertad religiosa

En diciembre de 2025 determinó que las mujeres musulmanas pueden aparecer en la fotografía de su pasaporte utilizando el hiyab o velo islámico, por lo que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) no puede negarles ese trámite.

Otro asunto es el tema de la violencia vicaria. En octubre de 2025, la Corte validó las reformas legales que sancionan este tipo de violencia e hizo un llamado al Congreso de la Unión para que defina con claridad en el Código Penal Federal los elementos que deben configurar el delito.

Mujeres musulmanas pueden aparecer en la fotografía de su pasaporte utilizando el hiyab| Agencia AP

Personas con discapacidad

El pleno también tomó una decisión inédita en relación con personas con discapacidad auditiva, ya que ordenó expulsar del orden jurídico una norma, pero condicionó los efectos de su decisión para beneficiar solo a niñas, niños y adolescentes con discapacidad sensorial auditiva que requieren del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aparatos auditivos o implantes cocleares.

Lo atípico es que dejó fuera de ese derecho a las personas mayores, pese a la expulsión de la norma.

Corte estudió casos de personas con discapacidad | Archivo Rolando Riestra

Comunidades indígenas

El 25 de agosto de este año, reconoció que los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas pueden intervenir como terceros interesados en controversias constitucionales cuando las resoluciones puedan afectar directamente sus derechos o intereses.

La decisión representa uno de los precedentes más emblemáticos de este primer año porque lleva al terreno el discurso con el que nació la nueva Corte: una justicia con perspectiva pluricultural.

La Corte impulsóuna justicia con perspectiva pluricultural. | Daniela Béjar

Temas económicos y fiscales

El 2 de marzo estableció un criterio que limita la posibilidad de que los contribuyentes reclamen intereses al fisco cuando una sentencia únicamente declara la nulidad de un crédito fiscal que previamente fue pagado.

En contraste, en julio rechazó un proyecto que pretendía establecer una jurisprudencia para gravar los recursos de Afores heredados por las familias, con lo que evitó que ese criterio pudiera representar una mayor carga fiscal sobre los recursos de trabajadores fallecidos.

También estableció que las indemnizaciones civiles por muerte deben calcularse en Unidades de Medida y Actualización (UMAs) y no en salarios mínimos, una determinación que favoreció a las instituciones del Estado y compañías aseguradoras.

De igual manera, puso el dedo en la llaga de las aseguradoras porque determinó que las compañías que ofrecen seguros de gastos médicos no pueden utilizar topes legales para evadir el pago de tratamientos cubiertos por las pólizas. 

El asunto tuvo su origen en el caso de un menor con sordera congénita al que se le había negado la cobertura de un implante coclear y el seguimiento médico correspondiente.

Bloqueo de cuentas

En abril avaló el congelamiento de cuentas bancarias en investigaciones nacionales por posibles operaciones de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, aun sin solicitud de un organismo internacional, intervención del Ministerio Público u orden judicial, únicamente con que existan indicios suficientes.

La resolución dio más dientes a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para incorporar personas a la Lista de Personas Bloqueadas.

También dio un revés a las denominadas “factureras”, porque los jueces federales ya no pueden conceder suspensiones provisionales a empresas que son investigadas por emitir comprobantes fiscales falsos, lo que impide que continúen generando comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) mientras se desarrolla la investigación.

La UIF es la encargada de elaborar la Lista de Personas Bloqueadas del sistema financiero | Foto: Elaborada con Gemini AI

Temas de agua

En marzo abrió la puerta para que habitantes de asentamientos irregulares puedan acceder al servicio de agua mediante depósitos de almacenamiento masivo en los lugares donde viven. El fallo benefició a un grupo de personas que viven en “Los Kilómetros”, un asentamiento en Ciudad Juárez, Chihuahua.

En abril amparó a ejidatarios de San Salvador Atenco, Estado de México, y reconoció que sí procede una retribución económica por las afectaciones derivadas del decreto que declaró área protegida la zona del Lago de Texcoco.

Personas pueden acceder aservicio de agua mediante depósitos de almacenamiento masivo en los lugares donde viven.

Renta de vientres

Y en febrero estableció criterios para los casos de gestación sustituta ante la ausencia de una legislación específica, al señalar que los acuerdos deben formalizarse antes del embarazo, primero ante notario y posteriormente ante un juez, quien debe verificar que exista consentimiento libre y voluntad procreacional.


RM


  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.

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