En la Cámara de Diputados se aprobó ampliar el catálogo de delitos merecedores de prisión preventiva oficiosa.
Con 377 votos a favor, 96 en contra y cinco abstenciones, los legisladores aprobaron la reforma al artículo 19 de la Constitución, en el cual se incorporaron nueve delitos.
Los actos ilícitos aprobados son:
- Abuso o violencia sexual contra menores
- Feminicidio
- Robo a casa habitación
- Uso de programas sociales con fines electorales
- Corrupción
- Robo a transporte de carga
- Robo de hidrocarburos
- Desaparición forzada
- Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército y la Marina.
Lo anterior significa que aquellos que sean acusados, podrán ser encarcelados si un juez así lo determina, y pasar su proceso legal en prisión.
Previo a esta reforma constitucional, sólo se implementaba la prisión preventiva oficiosa a delitos como:
- Delincuencia organizada
- Homicidio doloso
Violación
Secuestro
Trata de personas
Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos