Como parte de la cuenta pública 2023, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) observó el proceso de adquisición de uniformes para elementos de seguridad pública de Tezontepec de Aldama, donde recientemente fue detenido el director, el subdirector y un ex policía de esta corporación acusados del delito de narcomenudeo.
Se trata del contrato MTA-TM-AD-20-2023 por 495 mil pesos, donde el organismo auditor detectó que la autoridad municipal no había proporcionado la suficiencia presupuestal, el acta de nacimiento de las personas físicas adjudicadas, la constancia de inscripción al padrón de proveedores ni la opinión positiva de cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Sin embargo, durante el desarrollo de la auditoría y derivado de la intervención de la ASF, la presidencia municipal entregó la documentación que acredita la constancia de la opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales para el contrato, el acta de nacimiento de las personas físicas adjudicadas y constancia de inscripción en el padrón de proveedores, con lo que solventó parcialmente lo observado.
A su vez, en dicha ocasión el organismo auditor inició una promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria para que el órgano interno de control de Tezontepec de Aldama realizara las investigaciones e iniciara el procedimiento por las irregularidades de las personas servidoras que en su gestión, no proporcionaron la suficiente documentación sobre la garantía de cumplimiento y vicios ocultos de esta licitación.
En cambio, la autoridad municipal cumplió con presentar las solicitudes de cotización, el dictamen de excepción a la licitación pública, el análisis técnico y económico, el expediente de adjudicación, la propuesta económica del proveedor ganador y el contrato con sus anexos.
Además, como parte de la cuenta pública 2024, el organismo auditor supervisó un contrato para construir el edificio para seguridad pública en una cuarta etapa, por 2 millones 699 mil pesos en Tezontepec de Aldama.
La ASF consideró que el proceso de licitación de esta obra estuvo soportado con las estimaciones, el acta de entrega-recepción, las pólizas contables, los estados de cuenta bancarios, los comprobantes de las transferencias electrónicas y los CFDI vigentes a la fecha de la auditoría en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Agregó que la licitación fue adjudicada por medio de la invitación a cuando menos tres personas, se dispuso del oficio de aprobación para la ejecución de las obras, las bases de invitación, el envío de las invitaciones a los contratistas considerados a participar, y el dictamen de fallo.
El importe del contrato no excedió el rango de los montos máximos y mínimos de adjudicación autorizados; sin embargo, las bases de invitación no consideraron la modalidad de entrega de las propuestas ni sus formatos, y no se publicaron en el periódico oficial de la entidad. Las invitaciones no incluyeron la fecha y el lugar de entrega de las propuestas.
Al momento de la auditoría, la obra aún no estaba en operación debido a que corresponde a proyectos por etapas, las cuales se terminarán en ejercicios fiscales posteriores.