Juez ordena suspender rediseño de espacio aéreo del Valle de México

Una suspensión provisional otorgada a una mujer del Edomex ordena a las autoridades a seguir usando las rutas anteriormente establecidas, pues no se pudo comprobar que el rediseño cuente con estudios de impacto ambiental.

​La demandante aseguró que, derivado del rediseño, su entorno se ve afectado por el ruido constante. (Notimex)
Verónica Díaz
Ciudad de México /

Por considerar que no hay sustento de los beneficios en un estudio de impacto ambiental y no hay datos que corroboren que la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) otorgó la certificación correspondiente, un juez ordenó la suspensión del rediseño del espacio aéreo.

Un juez federal ordenó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y a Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (Seneam) suspender el rediseño del espacio aéreo del Valle de México.

El impartidor de justicia le otorgó la suspensión provisional a una habitante del Estado de México y a sus hijos, quien afirmó que el rediseño le causa una grave afectación porque se realizó sin contar con autorizaciones en materia de impacto ambiental.

Explicó que la medida cautelar es para el efecto de que las autoridades sigan utilizando las rutas establecidas con anterioridad y estará vigente hasta en tanto se dicte la suspensión definitiva.

En los comunicados 045-2021 y 046-2021, las autoridades señalaron que el rediseño traería los siguientes beneficios: una reducción de hasta 16 por ciento promedio del tiempo de vuelo de las aeronaves y una disminución en el consumo de combustible y emisión de gases contaminantes.

No obstante, el juez argumentó que en ninguna parte de esos comunicados se precisa que los beneficios se sustentan con algún estudio de impacto ambiental, además de que no existen datos que permitan corroborar que la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) otorgó la certificación correspondiente.

Puntualizó que las autoridades tienen la ineludible obligación de aportar los medios de convicción que estimen pertinentes para defender la constitucionalidad de los actos reclamados, y que estos sean tomados en consideración al resolverse la suspensión definitiva.

Por ello, las apercibió para que remitan la totalidad de las constancias que sirvieron de sustento para la modificación a los roles aéreos, así como todos los dictámenes de impacto ambiental en los que se haya sustentado la determinación. Además, deberán acompañar los estudios que concluyeron que con la modificación en cita se lograrían dichos beneficios.

En su escrito, la denunciante aseveró que su entorno se ve afectado con la alteración del ambiente, ya que con el cambio del diseño aéreo, el tránsito de las aeronaves ha aumentado considerablemente, además de que el ruido se efectúa de manera frecuente, es decir, por la mañana, tarde y noche.

Agregó que, con la continuación del rediseño del espacio aéreo, pone en peligro su derecho a vivir en un medio ambiente sano, al pasar los aviones en una distancia considerablemente cercana a su hogar, generando un ruido excesivo.

​AESC

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