Corte invalida reformas a poderes judiciales de Nayarit, Durango y Guerrero

En el caso de Nayarit, el pleno tumbó la existencia del Comité de Evaluación Estatal.

El pleno avaló los proyectos presentados por la ministra María Estela Ríos González.
México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó reformas a los poderes judiciales de los estados de Nayarit, Durango y Guerrero, debido a que van en contra de la reforma constitucional en materia judicial que entró en vigor en septiembre de 2024.

Por mayoría de votos, el pleno avaló los proyectos presentados por la ministra María Estela Ríos González, quien propuso echar abajo las normas impugnadas por el Poder Ejecutivo Federal y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) a través de acciones de inconstitucionalidad.

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Tumba Nayarit Comité de Evaluación

En el caso de Nayarit, el pleno tumbó la existencia del Comité de Evaluación Estatal para revisar y aprobar las candidaturas de quienes pretenden ocupar cargos de jueces y magistrados locales.

Los ministros consideraron que la existencia de este comité único vulnera las bases constitucionales para la designación de candidaturas, ya que atenta contra la división de Poderes porque limita la participación del Ejecutivo, Legislativo y Judicial en la designación de los integrantes.

La reforma constitucional que entró en vigor en 2024 establece la existencia de tres Comités de Evaluación, integrados por las propuestas de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

La ministra ponente indicó que la reforma estatal elimina las reglas internas de decisión de cada poder y centraliza en un modelo con filtro único a través del comité central de evaluación la función de evaluar y postular candidatos de cada uno de los poderes de la entidad.

El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, coincidió que no puede existir un comité único.

“No puede haber un comité único de evaluación, tiene que haber tres comités”.

Por lo que hace a la reforma judicial en el estado de Durango, la ministra propuso invalidar una porción normativa que establece que los magistrados del Tribunal de Disciplina estatal permanecerán en el cargo por nueve años y que la rotación de la presidencia será por un plazo de tres años.

Sin embargo, la reforma constitucional ordena que el periodo de los magistrados en el Tribunal de Disciplina Judicial solo es por seis años y que sus presidentes solo estén dos años al frente de dicho órgano judicial.

Piden que las sesiones no sean públicas en Durango

Asimismo, el pleno invalidó otra parte de la reforma de Durango que establecía que las sesiones no debían ser públicas.

La Corte señaló que debe prevalecer el principio de publicidad, por lo que las sesiones de dicho tribunal deberán ser públicas y solo en casos excepcionales serán privadas.

En Guerrero, eliminan método de elección de la OAJ

El pleno también analizó las impugnaciones a la constitución de Guerrero. En este caso invalidó el método para la elección de la presidencia del Órgano de Administración Judicial (OAJ) por voto de las personas que integren el pleno de ese órgano, cuando el modelo federal se refiere a la insaculación.

RM

  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.

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