El martes 28 de enero se reportó la detención de cinco policías de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México acusados de tener en su poder varias dosis de narcóticos y cajas de medicamentos presuntamente robadas.
Al respecto, la dirección General de Asuntos Internos de la dependencia tomó conocimiento de la situación y emitió un comunicado en el que explicó qué pasó con los oficiales capitalinos. Aquí todos los detalles.
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¿Dónde detuvieron a los policías?
La detención se realizó entre la Calle 71 y la avenida 10, en la colonia Santa Cruz Meyehualco, en la alcaldía Iztapalapa donde, en atención a una denuncia ciudadana, se realizó una revisión preventiva a cinco hombres vestidos de civil que manipulaban cajas de cartón al interior de dos camionetas y un vehículo particular.
Sin embargo, los sospechosos no pudieron acreditar la legal propiedad y procedencia de 60 cajas con medicamentos de diferentes marcas. Además, que durante la revisión de rutina se les halló 20 bolsas con aparente mariguana.
Ante esto, cinco hombres de 24, 31, 33, 34 y 38 años de edad, respectivamente, quienes las autoridades capitalinas lograron identificar como policías activos de la SSC, fueron detenidos y presentados ante un agente del Ministerio Público correspondiente, quien definirá su situación jurídica.
Abren carpeta de investigación contra policías
La dependencia informó que el personal de la Dirección General de Asuntos Internos integró una carpeta de investigación administrativa interna.
Además, realizará las entrevistas a los oficiales detenidos para colaborar con las autoridades ministeriales en las indagatorias que deriven de los hechos.
“La SSC reitera su compromiso de no tolerar ningún acto contrario al Código de Conducta y Ética, así como a los valores y principios que rigen a esta Institución, todos los casos serán investigados y sancionados”.
¿Cuál es la pena por delitos contra la salud?
El artículo 193 del Código Penal se establece que son punibles las conductas que se relacionan con los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias ilícitas, que constituyen un problema grave para la salud pública.
“Se consideran narcóticos a los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determinen la Ley General de Salud, los convenios y tratados internacionales de observancia obligatoria en México y los que señalen las demás disposiciones legales aplicables en la materia”.
Se impondrá prisión de diez a 25 años y de 100 hasta 500 días multa al que:
- I.- Produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aún gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos señalados en el artículo anterior, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud.
- II.- Introduzca o extraiga del país alguno de los narcóticos comprendidos en el artículo anterior, aunque fuere en forma momentánea o en tránsito.
- III.- Aporte recursos económicos o de cualquier especie, o colabore de cualquier manera al financiamiento, supervisión o fomento para posibilitar la ejecución de alguno de los delitos a que se refiere este capítulo.
- IV.- Realice actos de publicidad o propaganda, para que se consuma cualesquiera de las sustancias comprendidas en el artículo anterior.
RM