En México, una de las obligaciones más importantes que deben cumplir los ciudadanos varones, es el trámite de la Cartilla Militar al cumplir 18 años de edad. Sin embargo, existen casos de personas que no la tramitaron durante el tiempo que les correspondía. ¿Hay alguna sanción por no contar con este documento? Aquí te contamos.
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¿Desde cuándo es necesario el Servicio Militar?
Por decreto del entonces presidente, Manuel Ávila Camacho, el 3 de agosto de 1942, fue puesta en vigor la Ley y Reglamento del Servicio Militar, misma que había sido promulgada el 19 de agosto de 1940. La ley se materializó con los jóvenes nacidos en 1924, quienes fueron encuadrados al año siguiente de la entrada en vigor.
Fue el contexto de la Segunda Guerra Mundial, iniciada en 1939, el que motivó a la creación del Servicio Militar Nacional. Si bien, México no es un país que sea partícipe de conflictos bélicos, se urgió a resolver aspectos en el fortalecimiento de fuerzas que lucharan ante situaciones de guerra, como la instrucción militar y el Servicio Militar de carácter obligatorio.
Se consideró importante la adopción del Servicio Militar —obligatorio para los varones y voluntario para las mujeres— para que, en caso de un peligro amenazante, contingentes conformados por ciudadanos, desde las reservas del Ejército, se enfrentaran para luchar.
¿Existen sanciones por no tramitar la Cartilla Militar?
Si bien no se determinan sanciones específicas para aquellos ciudadanos que no cuentan con la Cartilla del Servicio militar, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) señala que, de no tramitarla, se estaría incumpliendo con una obligación ciudadana que está estipulada en la Constitución.
Por otro lado, es preciso señalar que, para aplicar a ciertos trabajos, es necesario haber cumplido con el Servicio Militar Nacional. En el sector gubernamental, cualquiera que desee desempeñarse como funcionario público debe considerar este requisito.
En el sector privado es necesario en puestos que tienen que ver con la seguridad, como guardias, custodios de valores o monitoristas para circuito cerrado.
¿Qué documentos se requieren para tramitar la Cartilla Militar?
De acuerdo con la Sedena, el trámite está disponible para realizarse del 2 de enero al 15 de octubre de cada año, entre la población de 18 a 39 años de edad.
Para efectuar el procedimiento, se debe acudir a la Junta Municipal o alcaldía de reclutamiento, y quienes radican en el extranjero, a las oficinas consulares de México.
Los documentos requeridos son el acta de nacimiento, un comprobante de domicilio y el comprobante del grado máximo de estudios, todos en original y copia; además, son indispensables la Clave Única de Registro de Población (CURP) en copia, el formato universal para trámites del Servicio Militar Nacional y cuatro fotografías recientes.
Cabe señalar que para éstas últimas, existen ciertas especificaciones para su entrega, pues los hombres deben tener las patillas y el bigote recortados, el cabello con "casquete corto" y no deben tener barba.
ksh