Un Tribunal Federal determinó que Rosalinda González Valencia, esposa de Nemesio Oseguera Cervantes, El Mencho, líder del Cártel de Jalisco Nueva Generación (CJNG), deberá continuar en prisión enfrentando su proceso penal por el presunto delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
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Lo anterior, para que no evada la justicia y tampoco retrase la investigación que realiza la Fiscalía General de la República (FGR). El magistrado que conoció el recurso de apelación ratificó la resolución dictada por un juez de control el en noviembre pasado, quien le impuso la medida cautelar de prisión preventiva justificada.
El titular del Tribunal Federal recordó que previo a que se le dictará la prisión preventiva, a Rosalinda González le “habían sido impuestas diversas medidas cautelares (exhibición de garantía económica, presentación periódica en el órgano jurisdiccional y prohibición para salir del país, sin autorización)”, para otorgarle la oportunidad de enfrentar su proceso gozando de su libertad personal".
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A pesar de ello, agregó, la esposa de El Mencho “desatendió de manera injustificada las citaciones y mandatos que las autoridades investigadora y jurisdiccional le hicieron de forma ajustada a Derecho, ocasionando con ello el retraso (tres años) de la investigación”.
El impartidor de justicia también expresó, que como bien señaló el juez de control, la existencia de padecimientos de salud, “no constituye un obstáculo” para imponerle a Rosalinda González la medida cautelar de prisión preventiva justificada. Tampoco, abundó, era necesario recabar su expediente médico antes de pronunciarse sobre la modificación de las medidas cautelares.
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“Máxime, que el juez de origen claramente precisó que en el oficio que enviaría a la autoridad carcelaria comunicándole su decisión, le ordenaría diagnosticar la salud de la imputada a fin de que le fueran proporcionados los tratamientos médicos que requiriera”, enfatizó.
La defensa de Rosalinda González alegó que, si bien su cliente “incumplió con la obligación de presentarse periódicamente ante el órgano jurisdiccional a firmar el libro correspondiente”, no ameritaba la imposición de la medida “más restrictiva”, pues la prisión preventiva debe ser utilizada sólo cuando “todas” las otras medidas sean inadecuadas.
No obstante, el magistrado puntualizó que resulta legal que el juez de control, a fin de evitar que continúe la paralización del procedimiento y la posible sustracción de la imputada, haya determinado modificar las medidas cautelares y, en su lugar, aplicar la prisión preventiva justificada.
El pasado 16 de noviembre, elementos de la Fiscalía General de la República (FGR) con apoyo de personal de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), reaprehendieron a Rosalinda González por no cumplir con las medidas cautelares impuestas.
dmr