Corte determinará si es constitucional que la UIF congele cuentas sin mandato judicial

Un ministro admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad de senadores de oposición contra reformas a la Ley de Instituciones de Crédito.

Sesión del pleno de la Suprema Corte, presidida por el ministro presidente Arturo Zaldívar. | Cuartoscuro
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que promovieron senadores de oposición, quienes impugnaron las reformas que permiten a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda, congelar cuentas bancarias sin mandato judicial ni notificación al usuario, en caso de existir indicios de lavado de dinero o de financiamiento al terrorismo.

Las modificaciones a la Ley de Instituciones de Crédito fue aprobada en febrero pasado y el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de este año.

La legisladora morenista Lidia García dijo, tras el debate, que la reforma no es contra la delincuencia organizada, sino contra personas físicas y morales que han visto vulnerados sus derechos.

“No existe necesidad de aprobar un dictamen que deja en indefensión a los ciudadanos, vulnerando sus derechos de libre audiencia y, sobre todo, de notificación”, expresó.

Sin embargo, el presidente de la Comisión de Hacienda, Luis Armando Melgar, aseguró que la reforma respeta los derechos procesales de las personas.

El ministro que dio entrada a la acción de inconstitucionalidad otorgó un plazo de 15 días hábiles para que el Poder Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión rindan su informe respectivo y para que envíen el original o copia certificada del Diario Oficial de la Federación en el que conste la publicación del decreto y de los antecedentes legislativos.


DMZ

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