SCJN ordena admitir amparo contra proyectos turísticos de Royal Caribbean en Mahahual

Por unanimidad, la Corte revocó la decisión de un juez federal que desechó la demanda contra cambios de uso de suelo en 107.67 hectáreas de Quintana Roo.

Los habitantes que promovieron el amparo consideran que los cambios al programa podrían generar afectaciones ambientales. | Foto: Especial
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un respiro a los habitantes de Mahahual, en el estado de Quintana Roo, porque revocó la resolución de un juez federal que desechó su demanda de amparo en la que impugnaron la modificación de los usos de suelo de una superficie de 107.67 hectáreas, en los que la empresa Royal Caribbean planea proyectos turísticos.

La decisión del máximo tribunal no resuelve de fondo el problema, sino que únicamente ordena al juez a admitir la demanda de amparo para estudiarla.

La demanda derivó porque los quejosos reclamaron la modificación del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Mahahual 2021-2050, al estimar que podía generar afectaciones ambientales, además de que no existió participación ciudadana y que el proyecto planteaba riesgos para el abastecimiento de agua potable y el tratamiento de aguas residuales.

Por unanimidad, los ministros apoyaron la propuesta de la ministra Lenia Batres Guadarrama de revocar la decisión del juzgador.

La togada explicó que el juez tomó como único parámetro que había transcurrido el tiempo legal que tenían los quejosos para impugnar el reglamento.

“El proyecto que se presenta propone declarar fundado el agravio porque el desechamiento de plano de una demanda de amparo es una decisión excepcional y de aplicación estricta que solo procede cuando la causa de improcedencia se advierte en forma patente notoria y absolutamente clara", detalló.
“En el caso de la demanda y de sus anexos, se advierte que los actos reclamados no son actos aislados o autónomos, sino etapas sucesivas de un mismo procedimiento administrativo: el de modificación del instrumento de planeación municipal, conforme a la ley de asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano del estado de Quintana Roo”, expresó.

Por su parte, el ministro Irving Espinosa Betanzo consideró que, al estar involucrada una problemática medioambiental, lo conducente era admitir la demanda.

“Las personas quejosas tienen como propósito combatir las modificaciones al programa de desarrollo urbano, por el que se habilita la construcción de megaproyectos turísticos, todos los cuales señalan los quejosos significan un riesgo para el medio ambiente, su flora y su fauna”, declaró.

AG

  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.

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