De forma violenta murieron en Tamaulipas 19 mujeres en los primeros tres meses del año, sin embargo ninguno de los casos fue tipificado como feminicidio, delito en el cual la entidad aparece con cero casos.
Así lo registra el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp) al presentar su informe correspondiente al primer trimestre del año, donde el estado aparece en el lugar número 15 a nivel nacional en la clasificación de homicidios dolosos contra el género femenino.
Con los 19 homicidios dolosos de mujeres ocurridos entre enero, febrero y marzo, la entidad alcanza una tasa de 1.02 presuntas víctimas por cada 100 mil mujeres, misma que se ubica por debajo de la media nacional, que es de 1.09.
Defensoras de los derechos de la mujer, insisten es un subregistro que genera impunidad. Para Aleida Candiani, del Frente Feminista Tamaulipeco, a las autoridades les cuesta mucho trabajo entender las razones de género y se les olvida que están obligados a iniciar la investigación como feminicidio ante cualquier muerte violenta de mujer.
“No saben cómo fundamentar que es un feminicidio y ponen homicidio doloso por más fácil. Además, el reconocerlo implica visibilizarlo y resolverlo”. Con ella coincide la ex procuradora del DIF Altamira, Gabriela Ibarra, quien señala que no todas las mujeres denuncian violencia familiar, lo cual complica acreditar una causal del feminicidio.
De acuerdo con el Código Penal de Tamaulipas en su artículo 329, comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro. Se considera doloso cuando se realiza de manera intencional.
El homicidio doloso se convierte en calificado cuando se comete con premeditación, ventaja y alevosía, saña, odio o traición. La pena es de 20 a 50 años de prisión.
El artículo 337 bis detalla que incurre en el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, las cuales se dan cuando la víctima presente signos de violencia sexual; antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar; cuando haya existido una relación sentimental, afectiva o de confianza entre víctima y victimario; amenazas previas o acoso, entre otros factores.
A quien cometa feminicidio se le impondrán de cuarenta a cincuenta años de prisión y de 500 a mil días de multa.
“En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio”, cita el Código Penal del Estado.
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SJHN