La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) absolvió al senador Higino Martínez de la amonestación pública que había impuesto como sanción el Tribunal Electoral del Estado de México, por supuestamente haber incurrido en actos anticipados de campaña.
Por unanimidad de votos, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF resolvieron que Martínez no cometió la falta denunciada, pues “éste no buscó postularse frente a la ciudadanía para obtener una candidatura de forma anticipada”.
El morenista fue denunciado por el PAN, junto con Delfina Gómez, Mario Delgado, Horacio Duarte, Óscar González Yáñez y José Alberto Couttolenc, por la presunta realización de actos anticipados de campaña en un evento proselitista del 14 de enero en Toluca, esto antes del inicio de la campaña por la gubernatura del Estado de México.
En su oportunidad, el TEEM declaró la existencia de los actos anticipados de campaña e impuso una amonestación pública a los sujetos denunciados.
Inconforme, Higinio Martínez Miranda acudió ante la Sala Superior, que le dio la razón a su queja y revocó la sanción del TEEM.
En sesión pública presencial, a propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez, el pleno de la Sala Superior, asistido por la magistrada decana de las salas regionales del TEPJF, Gabriela Villafuerte ─que suplió una de las magistraturas con ausencia justificada─ revocó la sentencia impugnada porque la autoridad responsable no tomó en cuenta la calidad de senador de la República del actor y que este no buscó postularse frente a la ciudadanía para obtener una candidatura de forma anticipada.