Ticketmaster comunicará de manera clara condiciones de servicio a clientes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución que sentó un precedente.

Venta de boletos en Ticketmaster México.
Rubén Mosso
México /

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución que sentó un precedente, porque determinó que Ticketmaster debe comunicar de manera clara y precisa las condiciones de la prestación de su servicio a sus clientes al momento de comprar boletos.

Ante la unanimidad de votos, el fallo es jurisprudencia y obliga a jueces y magistrados a seguir el criterio de la Corte para resolver estos asuntos que se presenten contra ésta u otras compañías.

Casos contra Ticketmaster México

De acuerdo con antecedentes, el 31 de marzo de 2022, el abogado Jesús Manuel Soledad Terrazas acudió al centro oficial de Ticketmaster México para recoger los boletos que compró para el festival Tecate Pal Norte 2022.

Para esto, al momento de la compra de boletos, Ticketmaster únicamente exigió para su recepción que las entradas fueran recogidos en un centro Ticketmaster, presentar el número de orden, contar con la tarjeta con la que se realizó el pago y contar con una identificación oficial vigente.

Sin embargo, uno de los trabajadores de la empresa indicó que como cargo extra se debía de realizar una transacción a favor de Ticketmaster de 10 pesos por boleto, condición que nunca fue informada al litigante y con la cual nunca hubo consentimiento de su parte.

Al momento de realizar el cobro, por cuestiones ajenas al abogado, el banco emisor no pudo completar la transacción con la misma tarjeta con la cual se realizó el pago de la compra principal de boletos.

Por lo que ofreció realizarlo con cualquier otro método de pago e incluso con otra tarjeta bancaria, pero la propuesta fue rechazada por el personal de Ticketmaster al indicarle que era “requisito obligatorio” realizar la transacción extra con la misma tarjeta de compra.

Debido a que los boletos no fueron entregados, ni el dinero fue devuelto, Jesús Manuel promovió una demanda oral mercantil ante el Juzgado Segundo de lo Civil de Proceso Oral del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

En ella se demandó la rescisión del contrato por incumplimiento de Ticketmaster, la devolución de la cantidad pagada por los boletos, los intereses que se hayan generado, así como el daño moral y punitivo causado por dicha empresa.

⁠Al contestar la demanda, Ticketmaster sostuvo que, de conformidad con sus políticas de compra publicadas en su página de internet, para entregar los boletos al comprador, éste debía realizar el pago complementario referido.

Absuelven a Ticketmaster en 2023

El 19 de septiembre de 2023, el juez oral absolvió a Ticketmaster por considerar que el incumplimiento fue del comprador, al no haber realizado el pago complementario requerido.

Ante esta situación, el abogado promovió un amparo directo contra la sentencia, asunto que fue turnado al Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, pero el 21 de febrero de 2024, ratificó el fallo de primera instancia.

El litigante interpuso un amparo directo en revisión ante la SCJN, recurso que fue turnado a la ministra Margarita Ríos Farjat.

La Primera Sala de la Corte resolvió revocar la sentencia impugnada y devolver el asunto al Tribunal Colegiado de origen para que dicte una nueva resolución. Lo anterior bajo los siguientes argumentos:

  • La Corte determinó que, conforme a la legislación en materia de protección al consumidor, un requisito de validez de los contratos de adhesión es que su contenido sea claro y esté a la vista del consumidor.
  • De esta manera, al analizar el caso planteado, la Corte deliberó que para considerar que el solicitante del amparo incumplió con las obligaciones impuestas por las políticas publicadas en la página de internet de Ticketmaster, era necesario tener certeza de que al manifestar su consentimiento.

Es decir, al realizar la compra de los boletos, estuvo en posibilidad de tener a la vista esas políticas y, por lo tanto, conocer el contenido y alcance de las obligaciones que estaba asumiendo, lo que no aconteció.

  • Los ministros coincidieron que el hecho de que las políticas de compra estén publicadas en alguna sección de la página del proveedor del servicio, por sí mismo, no satisface la obligación que éste tiene con el consumidor de informarle de manera clara y precisa sobre el contenido y las condiciones de la prestación del servicio.

¿Qué dijo Ticketmaster México? 

Horas después de la resolución de la Corte, la empresa emitió un comunicado en el que aseguran que respetarán lo establecido en la ley y trabajarán para mejorar en su servicio. 

"En Ticketmaster, como empresa enfocada en la experiencia de los fans, respetamos y estamos plenamente comprometidos con el cumplimiento de la ley y seguimos trabajando para mejorar continuamente nuestros procesos en beneficio de los fans".

RM

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